III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-969)
Orden TDF/1461/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante la creación de demostradores y casos de uso de Espacios de Compartición de Datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Programa Espacios de Datos Sectoriales)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 18 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 7010

determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías),
modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315, de la Comisión, de 23 de junio de 2023.
2. Las actuaciones que se financien al amparo de esta convocatoria se enmarcarán
en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores
productivos estratégicos mediante la creación de demostradores y casos de uso de
Espacios de Compartición de Datos. De acuerdo con el artículo 1.1 y el anexo II de la
orden de bases, se financiarán proyectos en las siguientes líneas:
a) Línea 1. Centros demostradores: desarrollo de plataformas tecnológicas de
espacios de datos en los sectores estratégicos.
b) Línea 2. Casos de Uso: desarrollo de casos de uso concretos para promover el
impulso de los sectores estratégicos.
3. El inicio de la ejecución de las actuaciones se podrá llevar a cabo desde el
momento en el que se presente la solicitud de ayuda, debiendo iniciar dichas
actuaciones de forma efectiva como máximo en el plazo de un mes a contar desde la
fecha de la resolución de concesión. El fin de las actuaciones financiadas tendrá como
fecha límite el 31 de diciembre de 2025.
4. El vencimiento del plazo de ejecución no podrá perjudicar la continuación de
cuantas actuaciones o actividades se encontraran ya en curso, o bien, de aquellas sobre
las cuales ya se hubiera adquirido un compromiso frente a terceros.
Cuarto. Créditos presupuestarios y cuantía total máxima convocada.
1. La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 150.000.000 euros en
forma de subvención. El importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud será
de 300.000 euros, mientras que el importe máximo será de 5.000.000 euros.
2. El crédito presupuestario al que se imputan las subvenciones será
el 27.50.46LA.77020 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y se
distribuirá entre las líneas de la siguiente forma:
Línea

Línea 1. Centros demostradores.
Línea 2. Casos de Uso.
Total.

Presupuesto

Euros

40.000.000
110.000.000
150.000.000

Línea Demostradores

Euros

Línea Casos de uso

Euros

Total

Euros

4.000.000

11.000.000

15.000.000

Agroalimentario.

11.000.000

29.700.000

40.700.000

Movilidad Sostenible + Comercio + Industria + Salud + Medioambiental y biodiversidad.

25.000.000

69.300.000

94.300.000

40.000.000

110.000.000

150.000.000

Sector

Economía Social y de los Cuidados.

Total.

cve: BOE-A-2024-969
Verificable en https://www.boe.es

3. El reparto presupuestario entre los distintos sectores respetará los acuerdos de
aportación comprometidos a diversos PERTE, así como la proporción del presupuesto
asignado a cada línea.