I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Presupuestos. (BOE-A-2024-903)
Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 18 de enero de 2024

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otro precepto que obligue a la inscripción en el citado registro. En el caso de
promociones de cooperativas, comunidades de bienes o entidades de similar naturaleza,
previstas en el artículo 19.1.b) de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, junto con la
solicitud de calificación provisional deberán presentar un listado que incluya los
cooperativistas o comuneros que formen parte en ese momento de la entidad. En el
supuesto de que el número de cooperativistas o comuneros sea inferior al número de
viviendas que se van a promover, la cooperativa o comunidad deberá presentar un plan
de viabilidad de la promoción. La Administración constatará la viabilidad del plan
presentado en función de las posibilidades sociales, técnicas y financieras de ejecución
que ofrezca.
Disposición transitoria cuarta.

Comisiones de servicio.

1. El personal funcionario docente no universitario, el personal estatutario y el
personal funcionario de otras Administraciones Públicas que, a la entrada en vigor de
esta Ley, esté ocupando puestos de trabajo en virtud de comisión de servicios que, por
adecuación de las relaciones de puestos de trabajo al Decreto 68/2021, de 19 de mayo,
del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Relaciones de Puestos de Trabajo de
la Administración de la Comunidad Autónoma y sus Organismos Públicos, se encuentren
reservados a personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Aragón podrán seguir desempeñándolos hasta que se produzca la adjudicación definitiva
de los puestos de trabajo incluidos en convocatoria pública a través de un concurso
abierto y permanente, al amparo de la Orden HAP/706/2021, de 7 de junio, por la que se
regula la valoración de los méritos y se establecen los baremos para la provisión de
puestos de trabajo por concurso de méritos en el ámbito de la Administración general de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, o a través del procedimiento
de libre designación.
2. La regla anterior será de aplicación al personal funcionario que, a la entrada en
vigor de esta ley, esté ocupando puestos de trabajo en virtud de comisión de servicios
que, por adecuación de las relaciones de puestos de trabajo al Decreto 68/2021, de 19
de mayo, del Gobierno de Aragón, se encuentren reservados a una escala o clase de
especialidad distinta a la que pertenece el personal funcionario ocupante en comisión de
servicios o exijan una titulación académica o formación específica como requisito para su
ocupación que sea diferente a la que ostenta este personal.
Disposición transitoria quinta.

Aplicación del artículo 37.

Las previsiones contenidas en el artículo 37 de esta ley serán de aplicación
únicamente respecto del personal temporal nombrado o contratado con posterioridad a la
entrada en vigor del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público.
Medidas en materia de movilidad de los empleados

1. Se garantizará la realización de, al menos, dos convocatorias completas del
concurso abierto y permanente para el personal funcionario de carrera antes de que
tomen posesión con destino definitivo los y las aspirantes aprobados/as en los procesos
de estabilización ya convocados correspondientes a las ofertas de empleo público
de 2017, 2018, 2019 o anteriores a las mencionadas y pendientes de finalización, según
el orden de prelación establecido en el Acuerdo de 25 de mayo de 2022 de la Mesa
Sectorial de Administración General, relativo a los criterios generales sobre las medidas
a aplicar para la reducción de la temporalidad en la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Aragón.
2. Se garantizará que todo el personal funcionario de carrera con destino definitivo
haya podido optar a todos los puestos de trabajo ofertados en el concurso abierto y

cve: BOE-A-2024-903
Verificable en https://www.boe.es

Disposición transitoria sexta.
públicos.