III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Becas. (BOE-A-2024-897)
Resolución de 8 de enero de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación especializada en materia de seguridad nuclear y protección radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Miércoles 17 de enero de 2024

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desarrollo de su ejecución, en su justificación y en los eventuales procedimientos de
reintegro que se puedan iniciar, se llevarán a cabo a través de medios electrónicos.
La utilización de los medios electrónicos establecidos será obligatoria también para la
presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por los interesados, que deberán
hacerlo a través de la sede electrónica del CSN y utilizar un sistema de firma electrónica
avanzada. El sistema de identificación y firma electrónica de los interesados deberá
cumplir los requisitos que establecen los artículos 9 y 10 de la Ley de Procedimiento
Administrativo Común.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, los actos integrantes del procedimiento de concesión de las ayudas en
régimen de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo esta todos
los efectos de notificación practicada.
Las sucesivas publicaciones se realizarán en la dirección o sede electrónica del CSN
o en la del organismo que establezca la convocatoria, en la forma que se determine en
ella, surtiendo estas publicaciones los efectos de notificación practicada.
3. Cuando se practique una notificación, se enviará un aviso de cortesía al
dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo electrónico del interesado que este
haya comunicado en la solicitud de la subvención, informándole de la puesta a
disposición de una notificación en la sede electrónica. La falta de práctica de este aviso
no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
Artículo 23.

Protección de datos de carácter personal.

Durante todo el procedimiento y posteriormente a su resolución será de aplicación la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía
de los derechos digitales.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Se derogan resoluciones anteriores que sobre esta materia haya emitido el Consejo
de Seguridad Nuclear, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se
opongan a lo establecido en esta resolución.
Disposición final primera.

Vigencia.

1. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
2. Extenderá su aplicación a las ayudas concedidas conforme a la misma hasta
tanto acaben su periodo de ejecución, justificación, comprobación y control, incluyendo
los eventuales procedimientos de reintegro.
Madrid, 8 de enero de 2024.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan
Carlos Lentijo Lentijo.
ANEXO 1

Cada convocatoria establecerá, para cada beca, las titulaciones y méritos
preferentes para optar a esa beca.
Los méritos alegados por cada candidato acompañando a su solicitud, serán
ponderados para cada beca solicitada con base en los factores de idoneidad que figuran
a continuación. En particular, tales factores se aplicarán a los méritos de los

cve: BOE-A-2024-897
Verificable en https://www.boe.es

Factores de idoneidad