III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-887)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ilunion Accesibilidad, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Miércoles 17 de enero de 2024
Disposición adicional tercera.

Sec. III. Pág. 6262

Ley de Familia.

Los permisos, excedencias y cualquiera otra condición laboral prevista en el presente
convenio colectivo no serán de aplicación, en cuanto la legislación laboral imponga la
aplicación de unos permisos, excedencias o cualquiera otra condición laboral más
beneficiosa para las personas trabajadoras.
ANEXO I
Grupo profesional

Puesto de trabajo

Reajuste posible

euros

Personal de dirección.

Personal de dirección.

2.130,87

Mandos intermedios.

Jefe/a de administración.

1.584,69

Jefe/a de producción/Jefe/a
de área.

2.080,87

Adjunto/a de producción/Jefe/a
de equipo.

1.980,87

Personal titulado de grado superior
o postgrado.

1.980,87

Personal titulado de grado medio
o grado.

1.469,86

Técnico/a Unidad de apoyo.

1.469,86

Técnico/a especialista/Consultor
Senior.

1.978,38

Oficial/a especialista/Consultor.

1.391,50

Auxiliar especialista/Consultor
Junior.

1.296,46

Operario/a.

1.080,00

Personal titulado.

Personal de producción, administración
y servicios:
1. Personal de producción.

Personal de producción, administración Técnico/a de gestión administrativa
y servicios:
o soporte.
2. Personal de administración o soporte.
Oficial/a administración o soporte.

1.296,46
1.080,00

cve: BOE-A-2024-887
Verificable en https://www.boe.es

Auxiliar de gestión administrativa
o soporte.

1.448,04

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X