II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-785)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para el año 2023.
207 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 4432

El nombramiento en comisión de servicios implicará la pérdida de la valoración de la
permanencia en el puesto definitivo desde el que se efectúa la comisión, a efectos de
concursos.
3.

Acreditación de méritos.

Los méritos a los que se refiere este decreto se acreditarán mediante la presentación
de los documentos que los justifiquen adecuadamente, a través de los medios
electrónicos habilitados al efecto, salvo que hayan sido elaborados por cualquier
Administración Pública y la persona interesada haya expresado su consentimiento a que
sean consultados o recabados dichos documentos.
B. Comunidad Autónoma de Aragón (Decreto 121/1994, de 7 de junio, del
Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, BOA
núm. 75, de 22 de junio de 1994).
1.

Méritos de determinación autonómica.

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la
organización territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón y de su normativa
específica, son los siguientes:
Experiencia profesional consistente en el desempeño de un puesto de trabajo en las
instituciones propias de la Comunidad Autónoma de Aragón en situación de servicios en
Comunidades Autónomas, o en las Entidades Locales sitas en su territorio que impliquen
el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de
Aragón, con distinción entre las desarrolladas en situación de servicio activo o asimilado
en la subescala en que se concursa y los servicios prestados en otras subescala.
Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos y/o superados por el Instituto
Aragonés de Administración Pública u homologados o reconocidos en las condiciones
que se determinen por éste, y que tengan por objeto las especialidades de la
organización territorial y de la normativa de Aragón.
Actividad docente dirigida a la enseñanza en materias sobre organización territorial,
régimen local, urbanismo y régimen económico y financiero de las entidades locales en cursos
organizados por la Diputación General de Aragón o en colaboración con ésta, universidades,
centros de enseñanza superior, o el Instituto Nacional de Administración Pública.
Publicaciones en materias relativas a las especialidades de la organización territorial
y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2.

Valoración de los méritos.

En aplicación de lo establecido en el apartado a) del artículo anterior, los servicios
prestados en puestos de trabajo de la misma subescala y categoría a que se concurse:
0,02 puntos/mes.
En aplicación del apartado a) del artículo anterior, los servicios prestados en puestos
de trabajo asignados a la subescala y categoría inmediatamente inferior a la que se
concurse: 0,01 puntos/mes.
Servicios prestados en otras subescalas: 0,01 puntos/mes.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán, en función del nivel
académico del curso, hasta un máximo de 1,10 puntos, con exclusión de los que formen
parte del curso selectivo, del modo siguiente:
Solo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por el Instituto Aragonés de
Administración Pública, o en colaboración con el mismo por universidades, centros de
enseñanza superior u otros órganos competentes en materia de formación y

cve: BOE-A-2024-785
Verificable en https://www.boe.es

Los servicios prestados se valorarán, hasta un máximo de 1,30 puntos, del modo
siguiente: