II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-785)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 4452

Valenciana. La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración de
acuerdo con la escala siguiente:
a)
b)
c)
d)
e)

De 100 o más horas: 1 punto.
De 75 a 99 horas: 0,75 puntos.
De 50 a 74 horas: 0,65 puntos.
De 25 a 49 horas: 0,50 puntos.
De 15 a 24 horas: 0,25 puntos.

3. Conocimientos de valenciano. El conocimiento de valenciano se valorará hasta
un máximo de 0,75 puntos, de acuerdo con la escala siguiente:
a) Certificado de nivel A1: 0,15 puntos.
b) Certificado nivel A2: 0,25 puntos.
c) Certificado nivel B1: 0,50 puntos.
d) Certificado nivel B2: 0,55 puntos.
e) Certificado nivel C1: 0,65 puntos.
f) Certificado nivel C2: 0,75 puntos.
En caso de concurrir dos o más certificados acreditativos de conocimientos del
valenciano solo se tendrá en cuenta la puntuación correspondiente al del grado más alto
aportado.
4. Otros méritos. Estos méritos se valorarán hasta un máximo de 0,25 puntos,
atendidos los criterios siguientes:
a) La valoración de la actividad docente será de 0,03 puntos por hora impartida.
b) La valoración de las publicaciones será de 0,10 puntos por publicación.
c) La valoración de las colaboraciones será de 0,05 puntos por colaboración.
3.

Acreditación y publicación de los méritos autonómicos.

La acreditación y la publicación de los méritos autonómicos se realizarán,
respectivamente, conforme a lo dispuesto en los artículos 34 y 35 del Decreto 92/2021,
de 9 de julio. La puntuación que figure en la relación individualizada indicada en el
apartado 1 del citado artículo 35 será aplicada por los tribunales para la valoración de los
méritos de determinación autonómica, sin que sea posible ninguna acreditación adicional
por parte de los y las concursantes, ni valoración diferente por parte del tribunal.
Sexta.

Tribunal de valoración.

El tribunal de valoración del presente concurso será el siguiente:
Presidente:
Titular: Icíar Pérez-Baroja Verde.
Suplente: Ana Martínez Fernández.
Vocales:

Isabel Capote Martín.
José Luis Reverter Valls.
Mónica García Pérez.
Catalina Ramis Munar.
Francisco Javier Ramos García.
Asunción Vega Bolado.
M.ª Mercedes Treceño Herrero.
M.ª Victoria Galán Mora.

cve: BOE-A-2024-785
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Titulares: