III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-770)
Orden CLT/12/2024, de 12 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Lunes 15 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 4274

c) En materia de ayudas, subvenciones, becas, premios, cuotas y otras
transferencias, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, la expedición y
aprobación de los documentos contables en todas sus fases, respecto de los créditos
consignados en la Secretaría de Estado de Cultura, Subsecretaría de Cultura,
Direcciones Generales y Secretaría General Técnica, cuando su cuantía exceda
de 12.000.000 de euros, incluida la instrucción y resolución de los procedimientos de
reintegro, a propuesta de las personas titulares de las mismas.
d) En materia de acuerdos, convenios, encomiendas de gestión, encargos a medios
propios y protocolos, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, así como
la expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus fases.
Undécimo.

Subdirección General de Asuntos Generales.

La persona titular de la Subdirección General de Asuntos Generales ejercerá, por
delegación del Ministro, las competencias siguientes:
a) En materia de contratación, las facultades de contratación respecto de los
créditos que gestione, junto con la aprobación y compromiso de gasto, para los contratos
menores y para los de suministros y servicios declarados de contratación centralizada.
b) En materia de gestión patrimonial, las relativas a la enajenación de material
inventariable en estado inservible de los bienes cuya gestión tenga atribuida.
Duodécimo.

División de Tecnologías de la Información.

La persona titular de la División de Tecnologías de la Información ejercerá, por
delegación del Ministro, las competencias siguientes:
a) En materia de contratación, las facultades de contratación respecto de los
créditos que gestione, para los contratos menores, y para los de suministros y servicios
declarados de contratación centralizada, con la aprobación y compromiso de gasto, el
reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, y la expedición y aprobación de
los documentos contables en todas sus fases.
b) En materia de gestión patrimonial, las relativas a la enajenación de material
inventariable en estado inservible de los bienes cuya gestión tengan atribuidas.
Decimotercero.
Servicios.

Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los

La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de
los Servicios ejercerá, por delegación del Ministro, las siguientes competencias:

cve: BOE-A-2024-770
Verificable en https://www.boe.es

a) Las competencias relativas a la aprobación y compromiso de gasto, el
reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago relativos a créditos incluidos en
el capítulo correspondiente a gastos de personal del presupuesto del Departamento, así
como los referidos a anticipos, préstamos y pensiones complementarias, por importe
superior a 12.000.000 de euros.
b) Las facultades de contratación respecto de los créditos que gestione para los
contratos menores, con la aprobación y el compromiso de gasto.