III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-686)
Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle de Ambroz-Cáparra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

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Delegada correspondiente y el Tribunal de Cuentas), por lo que en cualquier
momento se podrán exigir las facturas originales o copias autenticadas conforme a
la Ley que justifiquen la inversión realizada.
4. Asimismo, a la finalización del Plan se remitirá, por parte de la gerencia,
una memoria global de las actuaciones realizadas con la ayuda del Plan que
incluya la repercusión social, económica y ambiental en el territorio conforme a los
retos del Programa de Planes de Sostenibilidad en Destinos y la coordinación del
Plan con otros proyectos llevados a cabo en ese espacio geográfico, así como
también la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad.
5. En el caso de tratarse de regiones elegibles con arreglo a los objetivos de
la política de cohesión comunitaria (2014-2020), y a fin de poder justificar las
contribuciones efectuadas ante los órganos competentes de la Comisión Europea,
deberán aportarse las copias compulsadas de las facturas originales de las
actuaciones del Plan que se soliciten.
Los gastos subvencionables con cargo a fondos europeos son los establecidos
en la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las
normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo
Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2014-2020 (BOE de 30
diciembre 2016).»
3.2 La cláusula quinta del convenio suscrito el 11 de diciembre de 2020 queda
redactada en los siguientes términos:

AÑO

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

FONDOS

PROYECTO

IMPORTE €

2021

150060000/G/342A/76200

CAG0000001

20210117

487.500,00

2022

150060000/G/342A/76200

CAG0000001

20210117

487.500,00

2. La Comunidad Autónoma transferirá el importe en la segunda y tercera
anualidad a la Diputación de Cáceres, como financiación anticipada, conforme a lo
establecido por el artículo 10 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio. La
aportación podrá financiar las actuaciones a realizar en los restantes ejercicios del
convenio. El plazo de ejecución de las actuaciones financiadas con la aportación
de la Comunidad Autónoma será de dos años, según se realice la aportación de la
Comunidad Autónoma, sin perjuicio de posibles ampliaciones del plazo de
ejecución.
3. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes a la aportación de la C.A. se realizará en el plazo máximo de 3
meses siguientes al término del plazo de ejecución de las actuaciones, mediante
la presentación de los siguientes documentos a la Dirección General de Turismo
de la Junta de Extremadura:
a) Memoria general, en la que se recoja el grado de cumplimiento alcanzado
en relación con los objetivos propuestos.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del Plan en medios de comunicación.
d) Certificado de haberse registrado en la contabilidad el ingreso de la
Comunidad Autónoma que se justifica, así como los de las otras partes

cve: BOE-A-2024-686
Verificable en https://www.boe.es

«1. Las aportaciones de la Junta de Extremadura, se efectuarán en el primer
semestre de la segunda y tercera anualidad con cargo a la aplicación
presupuestaria G/342A/76200, proyecto 20210117, (ejercicio 2021 y 2022), según
la siguiente distribución, en la aplicación presupuestaria y proyecto que se
relaciona: