II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria y Turismo. (BOE-A-2024-675)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria y Turismo, especialidad de Metrología, y se encomienda la gestión del proceso al Centro Español de Metrología, O.A., M.P.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 3749

4. Calificación final y adjudicación de destinos
4.1

Calificación final del proceso selectivo:

a. Acceso libre: La calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.
b. Promoción interna: La calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.
4.2

Número de orden en el proceso selectivo:

a. El orden de los aspirantes que superen el proceso selectivo se determinará en
función de la puntuación total, ordenados de mayor a menor puntuación.
b. En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a lo
siguiente:
– Acceso libre: Se atenderá a la mayor puntuación obtenida en los ejercicios de la
fase de oposición, considerados por este orden: Cuarto, tercero, segundo y primer
ejercicio.
– Promoción interna: Se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el tercer
ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate se atenderá a la mayor
puntuación obtenida en la primera prueba del primer ejercicio de la fase de oposición. Si
persistiera el empate se atenderá a la mayor puntuación en la fase de concurso. Si
persistiera el empate se atenderá a la valoración de los méritos del concurso por este
orden: antigüedad, grado personal consolidado o trabajo desarrollado y cursos de
formación. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración
General del Estado, y se computarán los años, meses y días de servicio que consten en
el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.
4.3

Vinculación al número de plazas convocadas:

a. El Tribunal no podrán declarar que ha superado la fase de oposición un número
de aspirantes superior al de plazas convocadas.
b. Del mismo modo, la autoridad convocante no podrá declarar que ha superado el
proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

a. Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción interna tendrán,
en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
b. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de personas con discapacidad, la adjudicación de los destinos ofertados a los
aspirantes que superen cada uno de los procesos selectivos se efectuará según la
petición de destino, de acuerdo con el número de orden en el proceso en el proceso
selectivo.
4.6 Nombramiento de funcionarios de carrera: La Secretaría de Estado de Función
Pública nombrará funcionarios de carrera y asignará destino inicial a las personas
aspirantes que hubieren superado el proceso selectivo. Los nombramientos y la
asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-675
Verificable en https://www.boe.es

4.4 Elección de destinos: La autoridad convocante comunicará a los aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo los puestos vacantes y les concederá un plazo no
inferior a tres días hábiles ni superior a diez para que las soliciten, indicando su orden de
preferencia.
4.5 Preferencia en la adjudicación: