III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-690)
Orden CNU/1459/2023, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Viernes 12 de enero de 2024
Sec. III. Pág. 3946
Convocatoria: Contratación predoctoral para la formación de doctores en
empresas. Doctorados industriales
Criterios de evaluación
1.
Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
Puntuación
0-15
1.1
Aportaciones científico-técnicas.
0-10
1.2
Movilidad e internacionalización.
0-5
2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar.
0-15
3.
Plan de Formación.
0-20
4.
Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta.
0-30
5. Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+i de la entidad solicitante.
0-20
1.
Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a
desarrollar. Se valorará la adecuación del candidato/a al programa, proyecto, o
actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia
previas. Para ello se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización del
proyecto representará en su carrera investigadora, así como el valor aportado a la
entidad y al equipo receptor.
3. Plan de Formación. Se valorará el plan de formación previsto a realizar por
el candidato/a en el contexto de la actividad propuesta para que pueda adquirir las
competencias y capacidades de investigación y obtener así el título de doctor.
4. Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta. Se
valorará la calidad técnica e innovadora de la actividad propuesta en cuya
realización participará la persona propuesta; la claridad, originalidad y justificación
de los objetivos perseguidos; la definición e idoneidad de la metodología y el plan
de trabajo y su potencial innovador. Igualmente, se valorará la distribución de
actividades y tareas que tiene previsto desarrollar.
5. Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+i de la entidad solicitante.
Se valorará el impacto científico-técnico, social y económico de la propuesta; el plan
propuesto para la explotación de resultados esperados, incluyendo la generación y
explotación de patentes y/o modelos de utilidad y los planes de difusión y divulgación
de los resultados del proyecto, incluyendo aspectos de acceso abierto a los mismos.
Igualmente, se valorará el incremento del grado de actividad de I+D+i en la empresa,
como consecuencia de la ayuda, en aspectos tales como el volumen de negocio y su
diversificación, al ámbito de actuación, las cuantías invertidas, la evolución de las
actividades de I+D+i u otros indicadores cualitativos y cuantitativos.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos
de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor
puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 1, 1.1, 1.2, 4, 3, 2 y 5
anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se
resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante
sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
cve: BOE-A-2024-690
Verificable en https://www.boe.es
1.1 Aportaciones científico-técnicas. Se valorará el expediente académico y
otros méritos curriculares del candidato/a, así como la adecuación de los mismos a
las tareas a realizar en función de su formación y experiencia profesional.
1.2 Movilidad e internacionalización. Se valorará la relevancia de las
estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector
industrial, atendiendo al prestigio de la entidad de recepción de la estancia y a la
actividad desarrollada en la misma.
Núm. 11
Viernes 12 de enero de 2024
Sec. III. Pág. 3946
Convocatoria: Contratación predoctoral para la formación de doctores en
empresas. Doctorados industriales
Criterios de evaluación
1.
Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
Puntuación
0-15
1.1
Aportaciones científico-técnicas.
0-10
1.2
Movilidad e internacionalización.
0-5
2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar.
0-15
3.
Plan de Formación.
0-20
4.
Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta.
0-30
5. Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+i de la entidad solicitante.
0-20
1.
Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a
desarrollar. Se valorará la adecuación del candidato/a al programa, proyecto, o
actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia
previas. Para ello se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización del
proyecto representará en su carrera investigadora, así como el valor aportado a la
entidad y al equipo receptor.
3. Plan de Formación. Se valorará el plan de formación previsto a realizar por
el candidato/a en el contexto de la actividad propuesta para que pueda adquirir las
competencias y capacidades de investigación y obtener así el título de doctor.
4. Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta. Se
valorará la calidad técnica e innovadora de la actividad propuesta en cuya
realización participará la persona propuesta; la claridad, originalidad y justificación
de los objetivos perseguidos; la definición e idoneidad de la metodología y el plan
de trabajo y su potencial innovador. Igualmente, se valorará la distribución de
actividades y tareas que tiene previsto desarrollar.
5. Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+i de la entidad solicitante.
Se valorará el impacto científico-técnico, social y económico de la propuesta; el plan
propuesto para la explotación de resultados esperados, incluyendo la generación y
explotación de patentes y/o modelos de utilidad y los planes de difusión y divulgación
de los resultados del proyecto, incluyendo aspectos de acceso abierto a los mismos.
Igualmente, se valorará el incremento del grado de actividad de I+D+i en la empresa,
como consecuencia de la ayuda, en aspectos tales como el volumen de negocio y su
diversificación, al ámbito de actuación, las cuantías invertidas, la evolución de las
actividades de I+D+i u otros indicadores cualitativos y cuantitativos.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos
de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor
puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 1, 1.1, 1.2, 4, 3, 2 y 5
anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el empate se
resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera sido presentada o mediante
sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se determine en la convocatoria.
cve: BOE-A-2024-690
Verificable en https://www.boe.es
1.1 Aportaciones científico-técnicas. Se valorará el expediente académico y
otros méritos curriculares del candidato/a, así como la adecuación de los mismos a
las tareas a realizar en función de su formación y experiencia profesional.
1.2 Movilidad e internacionalización. Se valorará la relevancia de las
estancias del candidato/a en centros nacionales e internacionales y/o en el sector
industrial, atendiendo al prestigio de la entidad de recepción de la estancia y a la
actividad desarrollada en la misma.