III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2024-688)
Orden CLT/1458/2023, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3902

relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la
Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación y Resiliencia de España, todas las actuaciones financiadas que se
llevarán a cabo en cumplimiento de la presente orden, deben de respetar el llamado
principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por
sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»).
El Componente 24 tiene una contribución del 0 % al etiquetado verde dentro del
PRTR, con una contribución climática global del 0 %, por lo que no cabe esperar ninguna
contribución específica de la actividad de los beneficiarios de este subproyecto a la
transición verde. Asimismo, El Componente 24 tiene una contribución a la transición
digital del 29,5 %, pero no así la parte de la ayuda de dicho componente adscrita a este
programa concreto de inversión, del 0 %.
Esta orden está en consonancia con los principios de buena regulación recogidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Se estructura en 3 capítulos y 43 artículos. En el primer capítulo se establece el
objeto de la orden; en el segundo capítulo se regulan las bases de concesión de las
ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias
culturales y creativas; y, en el tercer capítulo, se regula la convocatoria única
correspondiente a los años 2024 y 2025 de dichas ayudas públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y en virtud del artículo 61 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, se dicta esta orden por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales para la
internacionalización de las industrias culturales y creativas, y por la que se aprueba la
convocatoria correspondiente a los años 2024 y 2025, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En virtud de lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Objeto
Artículo 1.

Objeto de la orden.

La presente orden Ministerial tiene como objeto establecer las bases reguladoras de
la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de
las industrias culturales y creativas, y publicar la convocatoria correspondiente a los
años 2024 y 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
CAPÍTULO II
Bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales
para la internacionalización de las industrias culturales y creativas

1. La presente orden establece las bases reguladoras de la concesión, seguimiento
y justificación de las ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización
de las industrias culturales y creativas.
2. Las ayudas objeto de esta orden tienen como finalidad la financiación de
personas jurídicas que presenten proyectos para impulsar la internacionalización de las
industrias culturales y creativas de nuestro país, así como de consolidar la imagen de
España como referente cultural en su respectivo ámbito de acción.
3. Las ayudas que se financien al amparo de esta orden de bases se enmarcan en
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español.

cve: BOE-A-2024-688
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación.