V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2024-720)
Resolución de la dirección general de energía por la que se concede a Naturgy Renovables, S.L.U. autorización administrativa para el parque fotovoltaico Aldea Blanca I, de 0,7 MW, en el termino municipal de San Bartolomé de Tirajana. Isla de Gran Canaria. Expediente ER170004.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 1277

Declaración de Interés Público y Social previo al otorgamiento de licencia
municipal.
4.6.- Con fecha 26/07/2023 es recibido informe del Cabildo de Gran Canaria
donde declara que la implantación de esta instalación resulta DISCONFORME con
las determinaciones del Planeamiento Insular de Gran Canaria. En concreto, la
construcción de un parque de energía fotovoltaica en la zona B.b.5 definida por el
PIOGC´22, solo sería posible si estuviera destinado al autoconsumo o tuviera el
carácter de renta complementaria a una actividad agrícola existente,
características no reunidas por la propuesta. Todo ello con los condicionantes
derivados de la aplicación del artículo 61 de la Ley 4/2017 en cuanto a sus
dimensiones.
4.7.- Con fecha 09/11/2023 es publicado en el BOC N.º 220 Decreto 396/2023,
de 30 de octubre, por el que se acuerda la ejecución del proyecto "Parque
Fotovoltaico Aldea Blanca I", de 0,7 MW, promovido por Naturgy Renovables,
S.L.U., en el municipio de San Bartolomé de Tirajana, y se ordena la alteración del
planeamiento afectado.
De todo lo cual se informa a los efectos oportunos,
En Las Palmas de Gran Canaria,
EL JEFE DE SECCIÓN DE HIDROCARBUROS
Rafael Ferrando Carrasco
Por todo lo anteriormente expuesto se eleva la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Conceder a Naturgy Renovables, S.L.U., la Autorización Administrativa de la
Instalación de Producción de Energía Eléctrica "Parque Fotovoltaico Aldea Blanca
I", de 0,7 MW, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, cuyas
características se indican en el apartado PRIMERO de la presente Resolución.
Esta Autorización Administrativa se otorga conforme a lo dispuesto en el
Decreto 141/2009 de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el
que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la emisión y puesta
en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, bajo las condiciones
siguientes:
Primera.- La instalación a que se refiere la presente autorización administrativa
se entiende sin perjuicio de las autorizaciones y concesiones por parte de otros
Organismos que resulten competentes, de conformidad con las disposiciónes
legales que resulten aplicables. El Promotor de las obras queda afectado por la
legislación vigente en materia de seguridad y responsabilidad civil.
Segunda.- Cualquier alteración sustancial de las características de la
Instalación Eléctrica objeto de la presente autorización administrativa o de las
condiciones recogidas en la documentación aportada por el promotor que se han
tenido en cuenta para su emisión, producirá su anulación y exigirá el inicio de
nuevo trámite administrativo.
Tercera.- La Instalación deberá ejecutarse en el plazo de DOS (2) AÑOS, a
partir de la notificación de la presente autorización de construcción, dentro del cual,

cve: BOE-B-2024-720
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Núm. 10