III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-506)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica la tercera Adenda del Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la conservación de los olmos ibéricos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2994

A efectos de fiscalización externa, este convenio debe remitirse electrónicamente
al Tribunal de Cuentas dentro de los tres meses siguientes a su suscripción, según
lo establecido en el artículo 53 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Los fondos destinados al presente convenio no financiarán, en ningún caso,
las actuaciones previstas en el Programa LIFE13 BIO/ES/000556. IP/14/486.
European Commission: 2014-2019. “Restauración de los Olmos Ibéricos (Ulmus
minor y U. laevis) en la cuenca del Tajo”.»
Segunda.

Modificación de la cláusula tercera.

Se añade un nuevo párrafo al final de la cláusula tercera con el siguiente texto:
«No obstante lo anterior, por acuerdo de la comisión de seguimiento las partes
podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función
de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el
presente convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico
global del mismo, ni una modificación del plazo de ejecución, teniendo en cuenta
que la ejecución de los compromisos que se deriven del presente convenio han de
enmarcarse dentro del respeto al cumplimiento de la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.»
Tercera.

Modificación del documento anejo I.

El documento denominado condiciones técnicas del anejo I queda redactado
conforme a la versión que se adjunta como anejo I en esta adenda modificativa tercera
del convenio.
Cuarta.

Modificación del contenido del anejo II.

El contenido del anejo II, denominado «Aportaciones del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico/Aportaciones de la Universidad Politécnica de Madrid»,
se modifica actualizándose las aportaciones que realizan los respectivos organismos en
medios humanos y materiales, quedando redactado conforme a la versión que se
adjunta como anejo II de esta adenda modificativa tercera del convenio.
Quinta.

Modificación del contenido del anejo IV.

El contenido del anejo IV denominado «Presupuesto», donde se valora la aportación
del MITECO para hacer frente a los gastos originados por las actividades del convenio,
queda redactado conforme a la versión que se adjunta como anejo IV en esta adenda
modificativa tercera del convenio.

Las partes firmantes acuerdan expresamente la adecuación de la denominación del
convenio, atendiendo al régimen competencial actual, en los siguientes términos:
«Adenda modificativa tercera del Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente, competencia actual del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y la Universidad Politécnica de Madrid para la
conservación de los olmos ibéricos».
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda
convenido, las partes firman este documento, en el lugar y la fecha al inicio
indicados.–La Directora General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, María
Jesús Rodríguez de Sancho.–El Rector de la Universidad Politécnica de Madrid,
Guillermo Cisneros Pérez.

cve: BOE-A-2024-506
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Adecuación de la denominación del convenio.