III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-506)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica la tercera Adenda del Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la conservación de los olmos ibéricos.
23 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3002

– La incorporación de endófitos beneficiosos a la producción de planta (actividad 6).
● Se propagarán tres ejemplares por semilla y otro más por cultivo in vitro, la mitad
de los cuales serán tratados con endófitos beneficiosos (6A).
● Las plantas propagadas se plantarán en dos parcelas experimentales (6B).
● Se realizará un seguimiento de la tasa de crecimiento y parámetros de intercambio
gaseoso (6C).
● Se estimará la tolerancia a la sequía y la resistencia a Ophiostoma novo-ulmi de
las plantas tratadas con endófitos y las no tratadas (6D).
– La propagación de ejemplares seleccionados a partir de cruces R × R (actividad 7).
● Se propagarán 26 genotipos mediante cultivo in vitro: 6 de ellos mediante 20
réplicas y otros 20 mediante 40 réplicas (860 plantas en total) (7A).
– El asesoramiento de los trabajos de propagación relacionados con los olmos que
se realizan en la Red de Centros Nacionales de Recursos Genéticos Forestales.
– El asesoramiento de los trabajos necesarios para la conservación de las
plantaciones existentes, tanto en terrenos gestionados directamente por la DGBBD,
como en otros que tengan relación con las plantaciones establecidas con este convenio
o con los suscritos anteriormente.
– La UPM adoptará las medidas de protección y seguridad necesarias durante la
ejecución de su trabajo en cumplimiento con la legislación de riesgos laborales.
– La presentación, con carácter anual, a la DGBBD de un certificado de los asientos
contables que realiza la UPM en relación con este convenio (especificando fechas,
código del asiento, concepto, beneficiario, factura, DNI/NIF, partida e importes)
agrupando según la tipología de los diferentes gastos (gestión, personal, material
fungible, material inventariable y gastos por desplazamientos), para que la DGBBD
pueda comprobar el uso correcto de los fondos públicos. Las anualidades se
considerarán según lo establecido en la cláusula segunda del texto del convenio.
– La redacción de los informes técnicos necesarios para la comprobación de la
correcta ejecución de las actividades previstas. Al menos se deberá presentar un informe
completo con todas las actuaciones por cada año de ejecución. El informe del último año
contendrá toda la información generada durante la ejecución, a modo de informe final de
esta prórroga.
Por otro lado, corresponde a la DGBBD:
– Poner a disposición del convenio los terrenos e instalaciones necesarias
(relacionadas en el anejo II) para la correcta ejecución de los trabajos,
fundamentalmente de la Red de Centros Nacionales de Recursos Genéticos Forestales,
constituido por:
Centro Nacional de Recursos Genéticos Forestales «Puerta de Hierro» (Madrid).
Centro Nacional de Recursos Genéticos Forestales «El Serranillo» (Guadalajara).
Centro Nacional de Recursos Genéticos Forestales «Valsaín» (Segovia).
Centro Nacional de Recursos Genéticos Forestales «Alaquàs» (Valencia).

– El establecimiento y mantenimiento de las plantaciones instaladas en sus propios
terrenos o en aquellos que gestione y la colaboración en aquellas tareas específicas que
lo requieran, concretamente la realización de plantación, reposición de marras, escardas,
podas, riegos, tratamientos fitosanitarios y técnicas de cultivo en vivero en general, así
como el apoyo en la toma de datos de los ensayos.
– Promover los acuerdos con otros organismos, en caso de ser necesarios, para la
consecución de los objetivos del convenio, concretamente para el apoyo de las
Comunidades autónomas u otras administraciones en los trabajos de campo que se
ejecutarán por todo el territorio español y en el suministro de datos ya existentes.

cve: BOE-A-2024-506
Verificable en https://www.boe.es