III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-376)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universitat Pompeu Fabra, para la realización de prácticas externas en el Departamento de Barcelona del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Sábado 6 de enero de 2024

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corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos,
salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su
realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación
responsable de la oferta formativa (…)».
En aplicación de la cláusula séptima del convenio, y de la disposición adicional
quincuagésima segunda apartado 4 letra b) de la Ley General de la Seguridad Social, se
procede a modificar dicha cláusula séptima al objeto de establecer que el cumplimiento
de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la Universitat Pompeu Fabra en
la que los alumnos cursan estudios.
En virtud de lo dispuesto anteriormente el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes y la Universitat Pompeu Fabra,
ACUERDA
Primera.
Modificación de la cláusula sexta del convenio de fecha 3 de marzo de 2023 (BOE 14
de abril de 2023) entre el Ministerio de Justicia y la Universitat Pompeu Fabra para la
realización de prácticas en el INTCF, Departamento de Barcelona.
Se modifica la cláusula sexta del convenio quedando redactada de la siguiente manera:
«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante
la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será
asumida, exclusivamente, por la Universitat Pompeu Fabra, en aquellos casos no
cubiertos por la seguridad social.
La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir
los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el
periodo de duración.»
Segunda.
Modificación de la cláusula séptima del convenio de fecha 3 de marzo de 2023 (BOE 14
de abril de 2023) entre el Ministerio de Justicia y la Universitat Pompeu Fabra para la
realización de prácticas en el INTCF, Departamento de Barcelona.
Se modifica la cláusula séptima del convenio quedando redactada de la manera siguiente:
«El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica entre las partes.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social con
arreglo a la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.º letra b) del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderán a la Universitat
Pompeu Fabra en la que los alumnos cursan estudios.»

La presente adenda de modificación resultará eficaz una vez inscrita en el registro
electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal
en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y asimismo será
objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.–El Vicerrector de
Planificación Académica y de Estudiantes de la Universidad Pompeu Fabra, Sergi Torner
Castells.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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