III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2024-374)
Resolución de 12 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Miquel Vicens Riera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Sábado 6 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1966

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
374

Resolución de 12 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones la Fundación Miquel Vicens Riera.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Miquel Vicens Riera
Antecedentes de hecho
Primero.

Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Miguel Vicens Riera según resulta de la
escritura otorgada ante la Notaria de Gandía Concepción Barber Vidal, el 7 de febrero
de 2023, con el número 234 de protocolo subsanada mediante diligencia de 13 de
septiembre de 2023.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en calle Cervantes n.º 9, C.P. 46701
de Oliva (Valencia) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de
España.
Tercero.

Dotación.

1. Pintura óleo sobre lienzo con el título «Aparición». Valorada en 5.000 euros.
2. Pintura al óleo sobre lienzo, con el título «Institución familiar». Valorada en 3.500
euros.
3. Pintura al óleo sobre lienzo adherido a tabla, con el título «Damas y Caballeros».
Valorada en 2.000 euros.
4. Pintura al óleo y técnica mixta sobre tabla, con el título «Alado n.º 3«. Valorada
en 4.000 euros.
5. Pintura al óleo y técnica mixta sobre tabla, con el título «Maternidad». Valorada
en 3.000 euros.
6. Pintura al óleo sobre lienzo adherido a tabla, con el título «El invitado». Valorada
en 4.500 euros.
7. Pintura al óleo sobre lienzo adherido a tabla, con el título «Descanso en la huida
a Egipto». Valorada en 3.500 euros.
8. Pintura de técnica mixta sobre tabla, con el título «Museo de Ciencias Naturales
(2)». Valorada en 4.500 euros.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.

cve: BOE-A-2024-374
Verificable en https://www.boe.es

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €) La dotación no es dineraria y se
corresponde con diversas obras de arte que según informe de tasación de fecha 17 de
enero de 2022 realizado por el experto independiente don Carlos Martínez Costa tienen
los precios de mercado que se detallan: