III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-313)
Resolución 420/38519/2023, de 29 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de actividades académicas y de investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 5 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1705

En particular, el presente convenio pretende explorar y desarrollar los instrumentos
jurídicos que permitan establecer y fijar, de forma efectiva, la colaboración entre el EA y
la FC-UAM para el desarrollo de las siguientes actividades:
– Establecer canales fluidos de comunicación entre ambas partes para el
intercambio de información y conocimientos en áreas relacionadas con la sostenibilidad y
la gestión y protección del medio ambiente.
– Realizar prácticas académicas y trabajos de fin de estudios tutelados en unidades,
centros y organismos (UCO) del EA por alumnos pertenecientes a la FC-UAM.
– Intercambiar información sobre el entorno de empleo operativo de sus tecnologías.
– Cooperar en la ejecución de proyectos de I+D+i de interés para ambas instituciones.
– Colaborar en el diseño, desarrollo y evaluación de tecnologías de interés común
para el EA y los grupos de investigación de la FC-UAM.
– Colaborar en la actualización y revisión del campus virtual del EA, en relación al
curso de Asesoría Medioambiental impartido por el EA.
– Permitir por parte del EA el acceso a áreas protegidas para llevar a cabo
actividades académicas y de investigación de la FC-UAM relacionadas con estudios o
censos de fauna o flora. Estos estudios podrán estar enmarcados en (y podrán ser la
base de) iniciativas conjuntas de investigación.
– Fomentar la colaboración en actividades formativas desarrolladas por ambas
instituciones.
– Explorar la creación de programas formativos de títulos propios y formación
permanente de la UAM en colaboración con el EA en las áreas de interés para ambas
instituciones.
Segunda.
1.

Aportaciones de las partes.

El EA se compromete a:

a) Proponer, anualmente, las plazas de prácticas disponibles que podrán ser
cubiertas por alumnos de la FC-UAM.
b) Designar personal con las cualificaciones necesarias que ejerza las funciones de
tutor profesional durante la realización de las prácticas externas por parte de los
estudiantes.
c) Permitir a profesores y estudiantes el acceso a instalaciones apropiadas para la
realización de trabajos académicos y/o de investigación y prácticas dentro de sus unidades.
d) Establecer colaboraciones profesionales para la consecución de los objetivos del
convenio.
e) Realizar la tutela profesional de trabajos fin de estudios de grado (TFG) y máster
(TFM) que pudieran surgir al amparo del convenio.
La UAM se compromete a:

a) Dar difusión a la oferta de prácticas propuesta por el EA.
b) Llevar a cabo los trámites pertinentes para la conformación de los acuerdos
individuales, anexos al presente convenio, de conformidad con lo previsto en el
artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
c) Elaborar el proyecto formativo de las prácticas a realizar por los estudiantes en
las diferentes modalidades, en coordinación con el EA, que deberá fijar los objetivos
educativos y las actividades a desarrollar. Asimismo, los contenidos de las prácticas se
definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con
los estudios cursados.
d) Remitir al EA la relación de estudiantes seleccionados para la realización de las
prácticas en las plazas ofertadas. En los anexos I y II de este convenio se encuentran
reflejados el programa de cooperación y las normas generales de aplicación a los
alumnos en prácticas, respectivamente.

cve: BOE-A-2024-313
Verificable en https://www.boe.es

2.