III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-337)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la constitución del consorcio para el impulso de la construcción en España de la infraestructura científico-técnica «International Fusion Materials Irradiation Facility-Demo Oriented Neutron Source».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 5 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1832

VII. Que, de acuerdo con su cláusula sexta, el convenio podrá ser modificado por
acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes, teniendo en cuenta las previsiones de
los estatutos del consorcio y siguiendo los procedimientos que exija la normativa vigente.
En este sentido, corresponde a la comisión de seguimiento del convenio, de acuerdo
con lo previsto en la cláusula tercera, proponer aquellas otras iniciativas que considere
oportuno con ocasión de la ejecución del convenio, su mejora y eventual prórroga.
VIII. Que en sesión de la comisión de seguimiento del convenio celebrada el 23 de
junio de 2023, se ha adoptado el acuerdo unánime de proponer la modificación del
convenio con objeto de establecer la financiación del próximo periodo 2024-2027,
aportando al 50 % entre el MCIU y la CUII.
IX. Que las dos administraciones consorciadas, tras realizar un análisis de la
situación financiera del consorcio a fecha 31 de diciembre de 2022 y teniendo en cuenta
la previsión de los costes de equipamiento y explotación para el periodo comprendido
entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2027, han acordado, en la reunión
del Consejo Rector celebrada el 11 de julio de 2023, proponer a las partes consorciadas
las aportaciones correspondientes a dicho periodo.
X. Que según figura en el exponendo VII del convenio de 9 de junio de 2021,
el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas
complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad
Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19, dispone en su artículo 2 que la
vigencia del consorcio se mantendrá mientras dure la candidatura para albergar la
infraestructura IFMIF-DONES, y podrá continuar posteriormente en caso de éxito de la
misma para atender las obligaciones que corresponda al Reino de España como país
anfitrión de la infraestructura internacional y para prestar apoyo en su construcción. En
fecha 16 de marzo de 2023 tuvo lugar la primera reunión en Granada del IFMIF-DONES
Steering Committee, órgano de coordinación internacional del proyecto. En dicha sesión
quedó aprobado el documento DONES-00-23-0001 «DONES Programme Framework
v.1» que establece en su epígrafe 1.1.5 DONES los principales hitos y fases del
proyecto, entre los que se encuentra la decisión del emplazamiento, que se fija
en Granada-Escúzar.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

– Establecer las aportaciones de las dos administraciones consorciadas durante el
periodo 2024-2027, modificar la vigencia del convenio y establecer los procedimientos
para la elaboración de una programación estratégica plurianual, conforme a lo previsto
en el artículo 92 apartado 1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre;
– adaptar el convenio al régimen presupuestario, de contabilidad, control económicofinanciero y patrimonial establecido en el artículo 122 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre; y
– revisar el régimen de libramientos correspondientes a las aportaciones anuales de
la AGE.

cve: BOE-A-2024-337
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda tiene por objeto: