III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-337)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la constitución del consorcio para el impulso de la construcción en España de la infraestructura científico-técnica «International Fusion Materials Irradiation Facility-Demo Oriented Neutron Source».
7 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1831

Ambas partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos
de la presente adenda y, al efecto,
EXPONEN
I. Que corresponde al Estado el «fomento y coordinación general de la
investigación científica y técnica», de acuerdo con el artículo 149.1.15 de la Constitución.
De forma específica, según el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades (en adelante MCIU) la propuesta y ejecución de la política
del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los
sectores. Todo ello de acuerdo con los objetivos que se concretan en el vigente Plan
Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, junto con las orientaciones
de la Comisión Europea sobre construcción del Espacio Europeo de Investigación y las
directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión.
II. Que la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 54 de su estatuto de autonomía, tiene atribuida la competencia exclusiva en
materia de investigación científica y técnica, con relación a los centros y estructuras de
investigación de la Junta de Andalucía y a los proyectos financiados por esta, así como
la competencia compartida sobre la coordinación de los centros y estructuras de
investigación de Andalucía. De forma específica, de acuerdo con el Decreto 158/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería
de Universidad, Investigación e Innovación (en adelante CUII), corresponde a esta, el
fomento y la coordinación de la investigación científica y técnica y la transferencia del
conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento.
III. Que el 9 de junio de 2021 las dos Administraciones, Administración General del
Estado (Ministerio de Ciencia e innovación) y la Comunidad Autónoma de Andalucía
(Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades),
suscribieron un convenio para la constitución del consorcio para el impulso de la
construcción en España de la infraestructura científico-técnica «International Fusion
Materials Irradiation Facility-Demo Oriented Neutron Source» (IFMIF-DONES), quedando
constituido el consorcio IFMIF-DONES.
IV. Que en su cláusula segunda el citado convenio estableció el régimen de
financiación del consorcio IFMIF-DONES España y los compromisos asumidos por las
partes para el periodo 2021-2023. La financiación del consorcio en aplicación del
convenio quedó fijada en 1.502.000,00 euros financiado al 50 % entre ambas
Administraciones públicas.
V. Que el 29 de septiembre de 2022 se suscribió una primera adenda al convenio
por la cual se reprogramaban las aportaciones de la Junta de Andalucía (Consejería de
Universidad, Investigación e Innovación) y se modificaban los estatutos del consorcio.
Entre otros cambios, este consorcio tomó el nombre de consorcio IFMIF-DONES España.
VI. Que la disposición final 23.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, modifica el punto 3 del artículo 122
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante
Ley 40/2015, de 1 de octubre), de tal forma que la auditoria del consorcio por el órgano de
control interno de la Administración de adscripción está condicionada a que concurra, a la
fecha de cierre del ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias siguientes:
– Que el total de las partidas del activo supere 2.400.000 euros.
– Que el importe total de sus ingresos por gestión ordinaria en el caso de los
consorcios del sector público administrativo, o la suma del importe de la cifra de
negocios más otros ingresos de gestión, en el caso de los pertenecientes al sector
público empresarial, sea superior a 2.400.000 euros.
– Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior
a 50.

cve: BOE-A-2024-337
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 5