III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-332)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, para la organización de misiones inversas de compradores y/o prescriptores de opinión del sector de alimentos y vinos a celebrar en la región de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 5 de enero de 2024
b)

Sec. III. Pág. 1809

Por parte de ICEX:

– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
las Misiones Inversas.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con las Misiones Inversas que se lleven a cabo bajo el presente Convenio.
– Preparación de una memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX, y una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas
en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del presente Convenio.
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este Convenio
es de hasta sesenta y cinco mil euros (65.000 €). De los cuales:
– ICEX financiará hasta un importe máximo de cuarenta y cinco mil euros (45.000 €)
de los gastos incurridos elegibles, definidos en la cláusula cuarta del Convenio, que
hayan sido generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
– Por su parte, el Colaborador financiará hasta un importe máximo de veinte mil
euros (20.000 €) de los gastos incurridos elegibles, definidos en la cláusula cuarta del
Convenio, que hayan sido generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
Cuarta.

Gastos elegibles.

Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las Misiones Inversas llevadas a cabo
a través del presente Convenio.
ICEX, con su aportación, financiará:
– El gasto de los desplazamientos internacionales de los misioneros hasta el primer
punto de destino en España;
– El alojamiento y demás gastos de manutención en dicho punto de destino;
– El desplazamiento hasta dicho alojamiento;
– Los gastos de viaje de una persona de ICEX que acompañe a la misión;
– Los seguros de viaje internacional y seguro de cancelación; y
– El desplazamiento internacional de retorno.
Por su parte, el Colaborador, con su aportación, financiará:

Quinta.

Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación de las Misiones Inversas relacionadas con el
presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por el Colaborador y otros dos (2) designados por ICEX (en
lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento).

cve: BOE-A-2024-332
Verificable en https://www.boe.es

– Los gastos del viaje (incluidos alojamiento y demás gastos de manutención) que
se produzcan desde el primer punto de destino en España y en la zona destino de la
misión hasta la ciudad de salida del vuelo internacional de retorno;
– El alojamiento en la ciudad de salida si fuera necesario;
– El seguro de viaje en España y el seguro de cancelación;
– Cualquier otro gasto que el Colaborador considere necesario para el correcto
desarrollo de la misión en su zona.