III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-331)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Armada Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Armada Solar, de 82,5 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ambite, Olmeda de las Fuentes, Corpa, Nuevo Baztán, Pezuela de las Torres y Valverde de Alcalá (Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1799

– Preservación de isletas, linderos de vegetación natural existentes en el interior de
la zona de actuación y mantenimiento de microreservorios según condición 1.b).25.
– Condicionantes del Programa de Vigilancia Ambiental según apartado 1.c).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en
la DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto, autorización administrativa de construcción, y
declaración, en concreto, de utilidad pública del mismo, con fecha 21 de abril de 2023, el
promotor presenta la documentación ambiental del cumplimiento de los requisitos
impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada Resolución de
autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable que acredita el
cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 16 de febrero de 2023, varios promotores, entre ellos Armada Solar, SLU, firmaron
un acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de varias plantas fotovoltaicas,
entre las que se encuentra Armada Solar en la subestación Loeches 400 kV,
perteneciente a Red Eléctrica de España, SA.
Adicionalmente, con fecha 16 de febrero de 2023, varios promotores, entre ellos
Armada Solar, SLU, firmaron un acuerdo para el uso compartido de las infraestructuras
comunes de evacuación de varias plantas fotovoltaicas con permisos de acceso y
conexión a las subestaciones Loeches 400 kV y San Fernando 400 kV, ambas propiedad
de Red Eléctrica de España, SAU, entre las que se encuentra Armada Solar.
Asimismo, con fecha 5 de abril de 2023, varios promotores, entre ellos Armada
Solar, SLU, firmaron un acuerdo para el uso compartido de las infraestructuras comunes
de evacuación de varias plantas fotovoltaicas, con permisos de acceso y conexión a las
subestaciones Loeches 400 kV, San Fernando 400 kV y Morata 400 kV, todas ellas
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, entre las que se encuentra Armada Solar.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Armada 220/30 kV.
– La subestación transformadora Armada 220/30 kV.
– Infraestructura de evacuación a 220 kV tiene como origen la subestación eléctrica
Armada 220/30 kV y finalizará en la subestación eléctrica Piñón 220/30 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación
Loeches 400 kV, de Red Eléctrica de España, SAU, cuenta con autorización
administrativa de construcción otorgada mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas de 22 de noviembre de 2023 (Quilla Solar, SGEE/PFot-172):
– La subestación eléctrica Piñón 220/30 kV.
– La infraestructura de evacuación a 220 kV que tiene como origen la subestación
eléctrica Piñón 220/30 kV y finalizará en la subestación eléctrica Nimbo 400/220/30 kV.
– La subestación eléctrica Nimbo 400/220/30 kV.
– La infraestructura de evacuación a 400 kV que tiene como origen la subestación
eléctrica Nimbo 400/220/30 kV y finalizará en la subestación eléctrica Loeches 400 kV,
propiedad de REE.

cve: BOE-A-2024-331
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Núm. 5