III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-329)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Providentia, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Providentia, de 28 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Navarra, La Rioja, Álava y Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 5 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1783

respecto de la autorización administrativa previa solicitada. Las respuestas aportadas por
el promotor han sido consideradas para la redacción de la presente resolución.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 25 de octubre
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de los parques eólicos Robigus,
Quirite, Providentia, Promitor, Recarano, Priamo, Pietas y Othar y sus infraestructuras de
evacuación, en las provincias de Álava, Burgos y Zaragoza.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Único.
Otorgar a Energía Inagotable de Providentia, SL, autorización administrativa previa
para el parque eólico Providentia, de 28 MW de potencia instalada y sus infraestructuras
de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico para la generación de
energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales del parque eólico son las siguientes:
− Tipo de tecnología: Eólica.
− Aerogeneradores: cuatro. De conformidad con la DIA, no se autorizan las
posiciones PVD-01, PVD-02 y PVD-07. En este sentido, el promotor ha planteado, de
conformidad con el artículo 115.2 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
el cambio al modelo Nordex N163/6.X, de 7 MW. Los aerogeneradores propuestos tienen
un diámetro de rotor de 170 m y una altura total de 220 m.
− Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 28 MW.
− Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 42 MW.
− Término municipal afectado: Tauste, provincia de Zaragoza.

− Las líneas subterráneas a 30 kV que conectarán cada uno de los aerogeneradores
con la subestación SET Abarca 30/400 kV, que discurren por el término municipal de
Tauste, provincia de Zaragoza.
− La subestación SET Abarca 30/400 kV está ubicada en Tauste, en la provincia de
Zaragoza.

cve: BOE-A-2024-329
Verificable en https://www.boe.es

Las infraestructuras de evacuación recogidas en los documentos «Proyecto
Autorización Administrativa Previa Parque Eólico Providentia», fechado en julio de 2021,
«Proyecto Subestación Abarca 400 kV», fechado en julio de 2021, «Anteproyecto Línea
aéreo-subterránea de alta tensión 400 kV Conexión SET Abarca a SET Promotores
Miranda 220 kV (SE Secc. Miranda)», fechado en julio de 2021, «Proyecto Subestación
Forestalia Miranda 400/220 kV», fechado en julio de 2021, y «Modificado de Proyecto
Técnico Administrativo Subestación Seccionadora Miranda 220 kV y Línea de Conexión
subterránea 220 kV con subestación Miranda 220 kV (REE)», fechado en mayo de 2021,
se componen de: