I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Comercio exterior. Control sanitario. (BOE-A-2024-280)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se modifican los anexos I y II de la Orden de 20 de enero de 1994, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por la que se fijan modalidades de control sanitario de productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 5 de enero de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE SANIDAD
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Salud
Pública y Equidad en Salud, por la que se modifican los anexos I y II de la
Orden de 20 de enero de 1994, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por la
que se fijan modalidades de control sanitario de productos de comercio
exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros
habilitados para su realización.

El Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad
y Consumo en materia de sanidad exterior, establece el marco de actuación en el control
sanitario del tráfico internacional de mercancías.
La Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de enero de 1994, por la que
se fijan modalidades de control sanitario a productos de comercio exterior destinados a
uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización,
desarrolla dicho Real Decreto recogiendo, en su anexo I, la lista de mercancías
destinadas a consumo o uso humano que están sometidas a control sistemático en
frontera exterior.
El anexo I de la orden fue modificado mediante Resolución de la Dirección General
de Salud Pública de fecha de 4 de enero de 2023, a través de la cual se procedió a
adecuar el contenido del referido anexo I al Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1998 de
la Comisión, de 20 de septiembre de 2022, por el que se modifica el anexo I del
Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y
estadística y al arancel aduanero común.
Sin embargo, desde el 1 de enero de 2024 resulta de aplicación el Reglamento
de Ejecución (UE) 2023/2364 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2023, por el que
se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo, relativo a la
nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común. En consecuencia,
resulta necesario actualizar el anexo I de la Orden de 20 de enero de 1994 a fin de que
contenga una relación actualizada de la nomenclatura combinada de las mercancías de
consumo o uso humano sometidas a control sanitario por parte de los servicios de
inspección de sanidad exterior.
Por su parte, el anexo II de la Orden de 20 de enero de 1994 fue también modificado
mediante Resolución de la Dirección General de Salud Pública, de fecha de 4 de enero
de 2023, a través de la cual se procedió a actualizar la relación de las instalaciones
donde se podrán llevar a cabo los controles de las mercancías de consumo o uso
humano incluidas dentro del ámbito de aplicación de la orden.
No obstante, resulta oportuno modificar nuevamente el anexo II de la Orden 20 de
enero de 1994 para introducir los cambios en la lista de puestos de control sanitario en
los que se podrán llevar a cabo los controles de las mercancías incluidas dentro del
ámbito de aplicación de la Orden que vayan a ser expedidas para personas físicas o
jurídicas y que no estén destinadas a comercializarse.
Esta Dirección General, en uso de la habilitación contenida en los artículos séptimo y
octavo de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 20 de enero de 1994 y
oídos los sectores afectados, resuelve:
Primero.
Modificar el anexo I y II de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de
enero de 1994, por la que se fijan modalidades de control sanitario a productos de
comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros

cve: BOE-A-2024-280
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