V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-199)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Almería por la que se acuerda el desistimiento del procedimiento de contratación del Suministro en Régimen de Compra de Vestuario para el Personal Uniformado de la Autoridad Portuaria de Almería. Número de Expediente: 04/SU/A/AL23 (BIS).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. V-A. Pág. 425

V. Anuncios
A. Contratación del Sector Público
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

199

Resolución de la Autoridad Portuaria de Almería por la que se acuerda
el desistimiento del procedimiento de contratación del Suministro en
Régimen de Compra de Vestuario para el Personal Uniformado de la
Autoridad Portuaria de Almería. Número de Expediente: 04/SU/A/AL23
(BIS).

ANTECEDENTES
I.- En fecha 17 de mayo de 2023 se acordó aprobar el gasto necesario y
pliegos para la contratación del Suministro en régimen de compra de vestuario
para el personal uniformado de la autoridad portuaria de Almería, por importe de
167.622,00 euros, I.V.A. excluido, distribuido en dos anualidades con posibilidad
de dos prórrogas anuales, con un valor estimado por anualidad de 41.905,50
euros, IVA excluido, por el procedimiento abierto.
II.- En fecha 22 de mayo de 2023 la licitación fue anunciada en la Plataforma
de Contratación del Sector Público, finalizando el plazo para la presentación de
ofertas el día 6 de junio de 2023.
III.- En fecha 7 de junio de 2023 se constituyó la Mesa de Contratación para
proceder a la apertura y examen de la documentación incluida en el sobre nº 1 –
documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos – y la apertura
del sobre nº 2 – oferta económica -.
Una vez abierta la oferta económica, la Mesa de Contratación advirtió que
existe una descoordinación entre el Pliego de Cláusulas Administrativas (PCAP) y
el Pliego de Prescripciones Técnicas en el sentido que a continuación se expone:
el Anexo II adjunto al PCAP, relativo a la oferta económica a realizar (respecto del
precio del contrato), no guarda relación con el documento Excel que fue adjuntado
al Pliego de Prescripciones Técnicas, en el que se solicitaba una relación detallada
de precios unitarios, lo que ha provocado confusión que ha llevado a error a los
licitadores en la forma de realizar su proposición económica. Constató así la falta
de concordancia en la forma de valoración del criterio de adjudicación concerniente
al precio, entre el PCAP y el PPT, resultando imposible a este órgano colegiado
efectuar una valoración y clasificación de las ofertas presentadas, ya que los
licitadores atendieron al anexo del PPT, efectuando una relación detallada de
precios unitarios sin que en dicho PPT se recoja una fórmula adecuada para
valorar la oferta más ventajosa económicamente.
IV.- No se ha emitido la propuesta de adjudicación y, por lo tanto, tampoco se
ha procedido a la adjudicación del contrato, ni a su formalización.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO. - El artículo 152.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) dispone que "En el caso en que
el órgano de contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no
adjudicar o celebrar un contrato para el que se haya efectuado la correspondiente
convocatoria, lo notificará a los candidatos o licitadores, informando también a la

cve: BOE-B-2024-199
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V.- El Presidente de la Mesa de Contratación ha elevado propuesta de
desistimiento con base en los antecedentes previos.