III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-258)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Virgo, SL, autorización administrativa previa para la instalación eólica Virgo, de 7 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Ontiñena, Candasnos y Peñalba, en la provincia de Huesca.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1334

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Virgo, SL,
autorización administrativa previa para la instalación eólica Virgo, de 7 MW
de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Ontiñena, Candasnos y Peñalba, en la provincia de Huesca.

Energía Inagotable de Virgo SL (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 12 de julio
de 2021, autorización administrativa previa para la instalación eólica Virgo, de 49,5 MW,
con 9 aerogeneradores de 5,5 MW, y su infraestructura de evacuación, consistente en
líneas de evacuación a 30 kV hasta la subestación Ontiñena 30/220/400 kV, en los términos
municipales de Ontiñena, Candasnos y Peñalba, en la provincia de Huesca.
Con fecha 17 de agosto de 2021, se acuerda la tramitación conjunta de los
expedientes de autorización administrativa previa de los parques eólicos Wezen, Taurus,
Ran, Tabit, Telescopium, Vega y Virgo, y sus infraestructuras de evacuación, en las
provincias de Huesca y Barcelona, con número de expediente asociado PEol-677 AC.
El expediente acumulado fue incoado en el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Aragón, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Energía y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo
Empresarial del Gobierno de Aragón, del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca
del Gobierno de Aragón, de Red Eléctrica de España, SAU, de Enagás Transporte, SAU,
de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de E-Distribución Redes
Digitales, SL, del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, y de TRAGSA Explotación
Cuenca Minera «Tres Lotes».
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro, y del
Ayuntamiento de Ontiñena, con condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar
a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual manifiesta su conformidad.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Ordenación del Territorio del
Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de
Aragón, con consideraciones de carácter ambiental y haciendo referencia a la necesidad
de incluir un balance del impacto sobre la actividad socioeconómica, una aclaración de
las discrepancias en la valoración de los efectos acumulativos y sinérgicos, un estudio de
tráfico y plan de reposición de vías deterioradas, así como la previsión del mantenimiento
de caminos, sistemas de riego y drenaje preexistentes, incluyendo los acuerdos con los
propietarios de infraestructuras en zona agraria. Se da traslado al promotor, que aporta
separata especifica con el balance del impacto sobre la actividad socioeconómica, y,
respecto al resto, haciendo referencia al estudio de impacto ambiental presentado y al
proyecto de ejecución que se presentará para la obtención de la autorización
administrativa de construcción. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última

cve: BOE-A-2024-258
Verificable en https://www.boe.es

258