III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Convenios. (BOE-A-2024-277)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Fundación Ibercivis, para la ejecución del proyecto de innovación "Desarrollo de una red de ciencia ciudadana para la medida de la radiación gamma ambiental en España" (Openred).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 1519

Obligaciones de las partes.

Son obligaciones de la Fundación Ibercivis dentro de este convenio:
– Realizar las actividades que se describen en la memoria técnica (anexo 1) que se
adjunta, relacionadas con los objetivos descritos en la cláusula primera.
– Poner a disposición del convenio el personal y los medios necesarios para
garantizar la máxima calidad de los trabajos en él incluidos.
– Contribuir a la financiación de los costes del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
– Poner a disposición del CSN las bases de datos, resultados, métodos, códigos,
metodologías, y, en general, toda la información, documentación y equipamiento que se
genere durante la realización de las actividades objeto de este convenio.
– Documentar todos los trabajos realizados dentro del convenio según se establece
en la memoria técnica (anexo 1), integrando la información que corresponda y ejerciendo
las tareas de coordinación que correspondan.
Son obligaciones del CSN dentro de este convenio:
– Contribuir a la financiación de los gastos del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
– Poner a disposición de la Fundación Ibercivis los datos e información de que
disponga y que pudieran ser necesarios para la realización de los trabajos.
– Coordinar el desarrollo global del proyecto.
Tercera.

Responsabilidad.

Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por cada una de las partes en el presente convenio y, en su
caso, los criterios para determinar la posible indemnización por su incumplimiento, se
determinarán teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.
Financiación.

El coste total del convenio comprenderá las partidas correspondientes a: recursos
humanos, material fungible, realización de viajes, asistencia a congresos, organización
de eventos, publicaciones y colaboraciones externas; así como costes indirectos
estimados en un 20 % de los costes directos (excluyendo colaboraciones externas). Los
costes asociados a las actividades incluidas en este convenio se detallan en la memoria
económica que se incluye como anexo 2. Con arreglo a las cantidades que figuran en
dicha memoria, el presupuesto total previsto para el proyecto durante la vigencia de este
convenio asciende a 332.734,00 euros (trescientos treinta y dos mil setecientos treinta y
cuatro euros), impuestos incluidos.
El CSN aportará la cantidad de 217.952,00 euros (doscientos diecisiete mil
novecientos cincuenta y dos euros), siendo la aportación dineraria de 191.566,00 euros y
la no dineraria de 26.386,00 euros. Dicha cantidad total corresponde a un 65,5 % del
coste total previsto para el proyecto.
Por su parte Fundación Ibercivis aportará 114.782,00 euros (ciento catorce mil
setecientos ochenta y dos euros), lo que supone un 34,5 % del coste total previsto.
La contribución económica dineraria del CSN se establece en aportaciones anuales,
correspondiendo a la aplicación presupuestaria con código 23.302.424M.640,
abonándose cada uno de los pagos tras la ejecución de las correspondientes actividades
y la emisión por parte de Fundación Ibercivis de la nota de cargo, en la forma y plazos
que se detallan en la memoria económica.
Las citadas cantidades serán satisfechas por el CSN previa entrega por Ibercivis y
aceptación por el CSN de la documentación, equipos y materiales que se definen en la
Memoria Técnica y en la Memoria Económica, y se abonarán condicionadas a la previa

cve: BOE-A-2024-277
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.