III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2024-269)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, "Consideraciones especiales-Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes)", NIA-ES 600 (Revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1467

A120. En algunos casos, el auditor del grupo o un auditor de un componente pueden aplicar
procedimientos de auditoría posteriores en relación con tipos significativos de transacciones o
con un saldo contable significativo como si se tratara de una población aislada (es decir, no
desagregada entre componentes). En dichos casos, la importancia relativa para la ejecución del
trabajo del grupo se puede utilizar a efectos de aplicar esos procedimientos.
Umbral de “claramente insignificante” (Ref: Apartado 35(b))
A121. El umbral para comunicar incorrecciones al auditor del grupo se fija en un importe igual o inferior
al importe considerado claramente insignificante para los estados financieros del grupo. De
conformidad con la NIA 45083, este umbral es el importe por debajo del cual no es necesario
acumular las incorrecciones porque el auditor del grupo espera que su acumulación claramente
no tendría un efecto material sobre los estados financieros del grupo.
Consideraciones cuando participan auditores de componentes.
Comunicación de la importancia relativa para la ejecución del trabajo de los componentes (Ref: Apartado
36)
A122. En algunos casos, puede ser adecuado que el auditor del grupo involucre al auditor del
componente en la determinación de la adecuada importancia relativa para la ejecución del
trabajo del componente, a la vista del conocimiento que tiene del componente y de las
potenciales fuentes de incorrección en la información financiera de este. A este respecto, es
posible que el auditor del grupo necesite considerar comunicar al auditor del componente la
importancia relativa para la ejecución del trabajo del grupo para sustentar su colaboración en la
determinación de si la importancia relativa para la ejecución del trabajo del componente, en
relación con la importancia relativa para la ejecución del trabajo del grupo, es adecuada en las
circunstancias.
A123. La importancia relativa para la ejecución del trabajo de los componentes se fundamenta, por lo
menos en parte, en las expectativas sobre la naturaleza, frecuencia y magnitud de las
incorrecciones en la información financiera del componente. En consecuencia, es importante una
comunicación continua entre el auditor del componente y el auditor del grupo, especialmente, si
el número y la magnitud de las incorrecciones identificadas por el auditor del componente es
mayor de lo esperado.
Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material (Ref: Apartado 37)
Aplicación de procedimientos de auditoría posteriores
Aplicación centralizada de procedimientos de auditoría posteriores

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NIA 450, apartado A3.

cve: BOE-A-2024-269
Verificable en https://www.boe.es

A124. Los procedimientos de auditoría posteriores se pueden diseñar y aplicar centralizadamente si la
evidencia de auditoría que se obtenga de la aplicación de procedimientos de auditoría posteriores
en relación con uno o más tipos de transacciones, saldos contables o información a revelar
significativos responderán, de forma agregada, a los riesgos valorados de incorrección material,
por ejemplo, si los registros contables de los ingresos de todo el grupo se llevan de modo
centralizado (por ejemplo, en un centro de servicios compartidos). Los factores que pueden ser