III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-184)
Resolución 420/38517/2023, de 29 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Junta de Castilla y León, sobre la integración de los titulares de la mutualidad que opten por recibir asistencia sanitaria del Servicio Regional de Salud de Castilla y León y sus beneficiarios en el sistema de receta electrónica del Servicio de Salud de Castilla y León.
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Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Atributo

Tipo de dato

Precisión Oblig.

Sec. III. Pág. 693

Descripción

Observaciones al farmacéutico y observaciones realizadas por el
farmacéutico. Se utilizará el carácter «&», como carácter separador de
ambas.

Observaciones.

Alfanumérico.

250

Autorización de visado *.

Alfanumérico.

13

Identificación única del visado autorizado o cualquier otro identificador que
sí (1) permita realizar una trazabilidad de la información de visado en el sistema
del Servicio autonómico de salud.

Fecha inicio informe asesor *.

Numérico.

8

Fecha de inicio de vigencia del informe por parte del asesor (última
renovación) en formato AAAAMMDD.

Fecha fin informe asesor *.

Numérico.

8

Fecha de fin de vigencia del informe por parte del asesor (última
renovación) en formato AAAAMMDD.

Fecha Visado *.

Numérico.

8

Fecha de visado que autoriza la dispensación en formato AAAAMMDD.

Usuario que Autoriza *.

Alfanumérico.

11

CIAS, código de colegiado o DNI del Inspector que autoriza el informe. En
los casos de autovisado se introducirá el valor 0.

Indicación Financiado *.

Alfanumérico.

250

Descripción de la indicación por la que el inspector autoriza la dispensación
en los supuestos de financiación del producto.

Campaña Sanitaria.

Alfanumérico.

1

Indicativo Interoperabilidad.

Alfanumérico.

1

En caso de que el producto dispensado sea de campaña sanitaria se
indicará el valor ‘1’.


Indicativo de si la dispensación se ha realizado en interoperabilidad. Valores
posibles S o N.

Los campos identificados con * que están relacionados con el visado de inspección, se enviarán como campos vacíos hasta que esté disponible esa información.
Notas campos:
(1) Indica obligatoriedad en caso de que la dispensación requiera visado. Esta obligatoriedad se aplica solo en el caso de que la dispensación se haya
realizado en interoperabilidad.
(2) Indica que al menos uno de los dos campos identificador de prescriptor o código de colegiado prescriptor debe venir informado.
(3) En caso de imposibilidad de contar con el número de envases prescritos se indicará el número de envases dispensados.
(4) Obligatorio para el ISFAS en el caso de que no se disponga de CIP-SNS.

2.

Nomenclatura del fichero de facturación

El nombre del fichero debe tener la siguiente estructura:
_DISP____.txt.
Siendo:

3.

Formato del fichero de facturación

El fichero será un fichero plano secuencial en formato ASCII extendido y codificación
«ISO-8859-15». Contendrá un único tipo de registro, en este caso cada registro
corresponderá a una dispensación. Los registros estarán formados por campos de
longitud máxima según se indica en la columna Precisión de la tabla indicada en el
punto 1 de este anexo, se separarán con el carácter «|» (barra vertical, con codificación
hexadecimal «7C» según «ISO-8859-15»). El contenido de cada campo debe estar
alineado a la izquierda.

cve: BOE-A-2024-184
Verificable en https://www.boe.es

letras: «IS» (ISFAS).
los cuatro dígitos del año del mes de facturación al que se hace
referencia.
dos dígitos indicando el mes de facturación al que se hace referencia.
dos dígitos para indicar el día de inicio del intervalo.
dos dígitos para indicar el día de fin del intervalo.
es un número secuencial que se incrementará en caso de tener que generar
el fichero más de una vez, normalmente su valor será 01.