II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2024-151)
Resolución 400/38510/2023, de 14 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 595

Tercer ejercicio: Idioma inglés. Este ejercicio, que tendrá carácter eliminatorio,
constará de dos partes:
– Parte escrita: Consistirá en la realización de dos traducciones, sin diccionario, una
de ellas directa y la otra inversa, sobre dos textos redactados en lengua inglesa y
española, respectivamente, propuestos por el tribunal, que versarán sobre las materias
contenidas en el programa del anexo II de esta convocatoria correspondiente al área de
especialización elegida por el la persona aspirante. La duración máxima de esta parte
del ejercicio, será de una hora.
– Parte oral: Consistirá en mantener una conversación en idioma inglés con el
tribunal, durante el tiempo máximo de diez minutos. El tribunal podrá estar asistido por
una persona experta en dicho idioma.
Se otorgará una calificación como apto o no apto.
Para la acreditación del conocimiento del idioma inglés, se establece una modalidad
alternativa, con carácter excluyente y sustitutivo de la acreditación mediante la
realización del ejercicio descrito anteriormente, mediante la cual los candidatos podrán
acreditar su conocimiento del idioma equivalente al nivel B2 o superior, de acuerdo con
el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
En esta modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, las
personas aspirantes deberán acreditar su conocimiento del idioma presentando alguno
de los títulos que se incluyen en el Anexo VI, conforme al Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior, siempre y
cuando dicho título haya sido obtenido en los cinco años anteriores al plazo de
finalización de presentación de instancias. Aquellas personas aspirantes que se acojan a
esta modalidad deberán indicarlo en el Modelo 790, tal y como se especifica en el anexo
IV. El Tribunal calificador publicará una nota informativa indicando el modo y el medio por
el que se deberá presentar esta titulación para su validación.
Se otorgará una calificación como apto o no apto.
Las personas aspirantes que superen el 60 por ciento de la puntuación máxima del
primer o segundo ejercicio de la fase de oposición y no superaran el proceso selectivo,
conservarán dicha puntuación y estarán exentas de realizar tales ejercicios durante la
convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma
de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos,
salvo actualización normativa. Si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio
de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata
anterior.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio de la oposición.
En el presente proceso selectivo se prevé que la realización de los ejercicios tenga
lugar en las instalaciones del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, Ctra. TorrejónAjalvir, km. 4, Torrejón de Ardoz (Madrid). No obstante, se habilita a los tribunales
calificadores para que puedan adoptar cuantas medidas instrucciones o resoluciones
sean precisas para posibilitar, si se precisa, la descentralización en la realización de los
ejercicios que componen la fase de oposición.
2. En la fase de concurso, que sólo se aplicará a las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 10 puntos, los
siguientes méritos:
2.1 Méritos profesionales: Se otorgará una puntuación máxima de 4 puntos en este
apartado, que se valorará:
A. Por servicios efectivos prestados en las Fuerzas Armadas como militar de
complemento, militar profesional de tropa y marinería o reservista voluntario, siempre
que los servicios prestados, aptitudes o titulaciones adquiridas como militar durante los
años de servicios, guarden relación con las funciones de la plaza a la que se aspira, se

cve: BOE-A-2024-151
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