III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Convenios. (BOE-A-2024-205)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con el Consorcio Cecabank-Abanca.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1057

● Abanca: presencialmente, por correo postal a C/ Cantón Claudino Pita, núm. 2,
15300, Betanzos, A Coruña (A/A Delegado de Protección de Datos) o electrónicamente a
la dirección de correo electrónico privacidad@abanca.com.
– Banco de España: presencialmente, por correo postal a C/Alcalá, 48, 28014,
Madrid (A/A Delegada de Protección de Datos) o electrónicamente a través del
procedimiento indicado en la Política de Privacidad del Banco de España.
Las partes informarán a los interesados cuyos datos personales sean tratados de los
términos previstos en esta cláusula, salvo en los supuestos en los que la normativa
aplicable en materia de protección de datos personales no requiera facilitar tal
información, así como de la posibilidad de plantear una reclamación ante los delegados
de protección de datos de las partes o directamente ante la Agencia Española de
Protección de Datos en caso de que consideren que sus derechos han sido vulnerados.
En el supuesto de que se comuniquen entre las partes datos personales distintos de
los mencionados en el segundo párrafo de la presente cláusula con motivo de la
ejecución del convenio, su tratamiento deberá cumplir igualmente con lo dispuesto en la
normativa aplicable en materia de protección de datos y llevarse a cabo de conformidad
con lo previsto en la presente cláusula. Además, las partes se asegurarán de que sus
empleados cumplan con la normativa aplicable en materia de protección de datos
personales.
Publicidad y difusión.

Las actividades constitutivas de la presente colaboración no podrán ser objeto de
promoción o difusión externa por el Consorcio o cualquiera de las organizaciones con las
que colabore a los efectos de este convenio a través de cualesquiera canales o medios
de comunicación, incluyendo Internet u otros soportes electrónicos, sin que éstas
cuenten previa y expresamente con la correspondiente autorización del Banco de
España.
Para cada caso concreto, corresponderá al Banco de España determinar el alcance
que se podrá dar a cualquier comunicación externa, fijando éste si fuera necesario las
directrices de imagen que el Consorcio o cualquiera de las organizaciones con las que
colabore a los efectos de este convenio deberá(n) respetar, incluyendo el uso del
logotipo y referencias al Banco de España. El Banco de España podrá, además, decidir
sobre su participación directa, junto al Consorcio o cualquiera de las organizaciones con
las que colabore a los efectos de este convenio, en la planificación y ejecución de las
acciones anteriores. En caso de publicación o difusión se hará siempre referencia
especial al presente convenio.
Los datos, informes e información en general facilitados por el Banco de España de
conformidad con su compromiso de colaboración tendrán carácter confidencial, y, en
consecuencia, no podrán ser divulgados por el Consorcio, las organizaciones con las
que colabore a los efectos de este convenio ni por su personal, ni puestos en
conocimiento de terceros si no es con el consentimiento expreso y por escrito del Banco
de España.
El Banco de España podrá acordar con el Consorcio o con las organizaciones con
las que colabore a los efectos de este convenio, su participación en la organización de
seminarios, eventos, conferencias o actos similares que tengan por objeto dar difusión a
los resultados de los experimentos realizados en el marco de este programa y de
conformidad con lo dispuesto en la presente cláusula.
En razón a su condición de miembro del Sistema Europeo de Bancos Centrales, el
Banco de España se reserva, asimismo, el derecho a informar periódicamente tanto al
Banco Central Europeo como a los restantes bancos centrales nacionales de todos los
Estados miembros de la Unión Europea sobre la naturaleza y alcance de los
experimentos, las Partes involucradas, así como acerca del estado de avance y

cve: BOE-A-2024-205
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.