III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-197)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de saneamiento y depuración de los municipios de la Cuenca Alta del río Guadiaro. EDAR y Colectores de Benaoján y Montejaque (Málaga)".
20 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 954

murciélago grande de herradura, (Rhinolophus ferrumequinum), además de la presencia
casi permanente de cabra montesa. A pesar de ello, el promotor indica que en los
trabajos de campo no se han identificado lugares de nidificación o refugio ni otras zonas
de interés faunístico, que puedan verse afectadas en el entorno inmediato de las
alternativas dentro del Parque Natural de Sierra Grazalema. No obstante, no se indica en
la documentación el calendario de visitas que pudiera corroborar esa afirmación.
Por ello, sería necesario un inventario exhaustivo de la fauna del entorno, que permita
listar las especies que se localicen en el área de actuación, prestando especial atención
a las especies catalogadas como vulnerables (águila-azor perdicera y aguilucho cenizo)
y en peligro de extinción (alimoche) según el Catálogo Andaluz de Especies
Amenazadas (Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y fauna silvestres) y, si resultase
necesario, proponer las medidas específicas para su conservación.
Desde el punto de vista geomorfológico, la parcela de ubicación de la EDAR puede
presentar problemas de estabilidad del terreno pues, según el documento ambiental y los
datos del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), la zona del proyecto se
encuentra catalogada dentro de «Áreas con movimientos actuales y/o potenciales tipo
deslizamiento y/o desprendimiento», encontrándose íntegramente la parcela sobre
material rocoso. SILVEMA indica, que según la planimetría geológica se observa una
falla que discurre por este afloramiento calizo, lo que unido a la gran pendiente de estos
terrenos y a lo fracturado de estas calizas, favorece los numerosos desprendimientos
que se observan sobre el terreno. Pese a ello, el promotor señala que se han adoptado
las medidas geotécnicas para garantizar la integridad de las instalaciones, especialmente
en la excavación de taludes de la zona norte de la parcela de la EDAR donde se indica
que serán necesarios sostenimientos importantes.
El emisario de Montejaque a reponer, atraviesa el antiguo vertedero de Montejaque,
actualmente sellado, por lo que para garantizar la seguridad de la actuación se realizarán
excavaciones de baja profundidad, aunque no se pueden descartar la existencia de
problemas de contaminación no evaluados por el promotor.
Los movimientos de tierra estimados por el promotor son en total 29.007 m3,
siendo 14.652 m3 de relleno. La construcción de taludes favorecerá el aumento de la
velocidad de las aguas y las acumulaciones de caudales, lo que conllevará al aumento
de la capacidad erosiva de las escorrentías y por tanto la generación de cárcavas, según
ha señalado SILVEMA. La ocupación permanente del suelo por parte del proyecto será
de 41.029 m2, aumentando a 52.014 m2 si se tiene en cuenta la ocupación temporal.
Esta ocupación es debida principalmente al acondicionamiento del camino a la EDAR a
lo largo de sus 1.226 m, sobre el que se establecerán 4 m de rodadura y 1 m para la
cuneta de hormigón, con el acopio temporal de materiales en un ancho mínimo de 8 m y
de hasta un máximo de 20 m en aquellas zonas donde haya menos afección al arbolado.
No obstante, resultarán afectados medio centenar de ejemplares arbóreos.
La Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía recoge la normativa a cumplir en
materia de residuos y en materia de prevención de contaminación de los suelos.
Asimismo, como principio director de prevención y corrección de impactos ambientales,
deberá garantizarse la ocupación y afección mínima posible de terrenos en la zona de
actuación.
En virtud de todo lo indicado anteriormente, se concluye que existe un importante
impacto sobre el suelo, siendo especialmente preocupante la estabilidad de los terrenos
seleccionados debido a las fuertes pendientes, a los posibles desprendimientos, así
como a las actuaciones sobre un antiguo vertedero. Por tanto, este órgano ambiental
considera necesaria la realización de un estudio geológico más completo en la zona de
actuación y se fundamente adecuadamente la idoneidad de los terrenos.
Durante la construcción puede producirse un empeoramiento temporal de la calidad
de las aguas superficiales derivado del incremento de sólidos en suspensión, aumento
de la turbidez de las aguas y la posible generación de escorrentías. La mayor incidencia
sobre la hidrología que producirá la construcción de la EDAR será durante la construcción

cve: BOE-A-2024-197
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 3