III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-212)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de Cataluña, para el desarrollo del proyecto de I+D+i ITHEM ("Técnicas de incertidumbre, termohidráulica avanzada y escalado en metodología de análisis de accidentes").
19 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1085

– Contribuir a la financiación de los costes del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
– Poner a disposición del CSN los resultados, métodos, códigos, metodologías, y, en
general, toda la información que se genere durante la realización de las actividades
objeto de este convenio.
– Documentar los trabajos realizados dentro del convenio, en la forma que se
describe en la Memoria Técnica (Anexo 1 a este convenio).
Son obligaciones del CSN dentro de este convenio:
– Contribuir a la financiación de los gastos del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
– Poner a disposición de la UPC los datos e información de que disponga y que
pudieran ser necesarios para la realización de los trabajos.
– Aportar horas de dedicación del personal técnico que pondrá su conocimiento a
disposición de los equipos de expertos, dirigiendo y supervisando las tareas y
trasladando la visión reguladora durante todo el desarrollo del proyecto.
Tercera.

Responsabilidad.

Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por cada una de las partes en el presente convenio y, en su
caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento se
determinarán teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.

El coste total del convenio comprenderá las partidas indicadas en la Memoria
Económica que se adjunta como anexo 2 de este convenio, donde se detallan los costes
asociados a cada actividad. Con arreglo a las cantidades que figuran en dicha Memoria,
el presupuesto total previsto para el proyecto durante la vigencia del mismo asciende a
seiscientos noventa y nueve mil seiscientos cuarenta y cuatro euros con treinta y cinco
céntimos (699.644,35 euros), impuestos incluidos.
El CSN aportará la cantidad de cuatrocientos nueve mil trescientos cincuenta y dos
euros con treinta y cinco céntimos (409.352,35 euros), que corresponde a un 58,5 % del
total citado. La UPC aportará doscientos noventa mil doscientos noventa y dos euros
(290.292,00 euros), que supone un 41,5 % del coste total.
La distribución de la contribución del CSN se establece en aportaciones anuales,
correspondiendo a la aplicación presupuestaria con código 20.302.424M.640,
abonándose cada uno de los pagos tras la correspondiente emisión por parte de la UPC
de la nota de cargo, en la forma y plazos que se detallan en la Memoria Económica.
Las citadas cantidades serán satisfechas por el CSN previa entrega y aceptación de
la documentación que se define en la Memoria Técnica y en la Memoria Económica, y se
abonarán condicionadas a la previa existencia de crédito específico y suficiente en cada
ejercicio, con cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General
Presupuestaria.
Estas condiciones económicas podrán ser revisadas en caso de producirse alguna
modificación de las bases del convenio y de sus contenidos técnicos y presupuestarios.
Tanto el CSN como la UPC realizan en el mercado abierto menos del 20 % de las
actividades objeto de la cooperación.
Quinta.

Condiciones técnicas.

La aplicación de este convenio se regirá por las condiciones técnicas recogidas en el
anexo 1, que podrán ser revisadas conjuntamente en atención a circunstancias
especiales sin que ello afecte a la naturaleza del mismo.

cve: BOE-A-2024-212
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Financiación.