III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2024-207)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de multa impuestas por la comisión de infracciones graves y muy graves a Pecunia Cards, E.D.E., SL, y a cargos de administración y dirección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1073

● Una sanción de multa por importe de seis mil euros (6.000 €), tras la aplicación de
un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas en el
artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el artículo 101.1.a) de
la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción grave tipificada en el
artículo 23.2 de la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico, consistente en
haber incumplido la referida entidad, principalmente durante los años 2021 y 2022,
aunque en algunos aspectos también en años anteriores, normas de ordenación y
disciplina contenidas en dicha ley y, en concreto, las relativas a las normas de garantía y
salvaguarda de los fondos recibidos de los clientes, así como al cobro de comisiones.

● Una sanción de multa por importe de seis mil euros (6.000 €), tras la aplicación de
un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas en el
artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el artículo 100.1.a) de
la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 92.o) de la referida Ley 10/2014, consistente en haber incurrido la citada la
entidad, principalmente durante los años 2021 y 2022, aunque en algunos aspectos
también en años anteriores, en deficiencias en su estructura organizativa, mecanismos
de control interno y procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a
la gestión y control de los riesgos, siendo así que tales deficiencias pusieron en peligro
su solvencia o viabilidad.
● Una sanción de multa por importe de seis mil euros (6.000 €), tras la aplicación de
un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas en el
artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el artículo 100.1.a) de
la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 92.z) de la referida Ley 10/2014, consistente en haber incumplido la referida
entidad, principalmente durante los años 2021 y 2022, aunque en algunos aspectos
también en años anteriores, obligaciones de las normas indicadas en el artículo 71.3 del
Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas
urgentes en materia financiera, estimándose dichos incumplimientos como
especialmente relevantes por el número de afectados, la reiteración de la conducta o los
efectos sobre la confianza de la clientela. En este caso, tales incumplimientos versaron
sobre información contractual, interrupción en la prestación de los servicios y cobro
indebido de comisiones.
● Una sanción de multa por importe de cinco mil cuatrocientos euros (5.400 €), tras
la aplicación de un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones
contempladas en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en
el artículo 101.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y
solvencia de entidades de crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción
grave tipificada en el artículo 23.2 de la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero
electrónico, consistente haber incumplido la referida entidad normas de ordenación y
disciplina contenidas en dicha ley y, en concreto, las relativas a las normas de garantía y
salvaguarda de los fondos recibidos de los clientes así como al cobro de comisiones.
Madrid, 22 de diciembre de 2023.–El Secretario General del Banco de España,
Francisco-Javier Priego Pérez.

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