III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2024-207)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de multa impuestas por la comisión de infracciones graves y muy graves a Pecunia Cards, E.D.E., SL, y a cargos de administración y dirección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1071

versaron sobre información contractual, interrupción en la prestación de los servicios y
cobro indebido de comisiones.
− Don José Ramón Monreal Domec, consejero de Pecunia Cards E.D.E., SL:
● Una sanción de multa por importe de veinticuatro mil euros (24.000 €), tras la
aplicación de un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas
en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el
artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y
solvencia de entidades de crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción
muy grave tipificada en el artículo 92.z) de la referida Ley 10/2014, consistente en haber
incumplido la referida entidad, principalmente durante los años 2021 y 2022, aunque en
algunos aspectos también en años anteriores, obligaciones de las normas indicadas en
el artículo 71.3 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago
y otras medidas urgentes en materia financiera, estimándose dichos incumplimientos
como especialmente relevantes por el número de afectados, la reiteración de la conducta
o los efectos sobre la confianza de la clientela. En este caso, tales incumplimientos
versaron sobre información contractual, interrupción en la prestación de los servicios y
cobro indebido de comisiones.
− Don José Enrique Sancho Gargallo, consejero de Pecunia Cards E.D.E., SL:
● Una sanción de multa por importe de cuatro mil ochocientos euros (4.800 €), tras
la aplicación de un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones
contempladas en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en
el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y
solvencia de entidades de crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción
muy grave tipificada en el artículo 92.d) de la referida Ley 10/2014, consistente en
incurrir la citada entidad en una cobertura insuficiente de los requerimientos de recursos
propios, por haberse situado éstos por debajo del 80 por cierto del mínimo requerido
durante un periodo de más de seis meses (entre, por lo menos, diciembre de 2021 y
diciembre de 2022).
● Una sanción de multa por importe de nueve mil euros (9.000 €), tras la aplicación
de un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas en el
artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el artículo 100.1.a) de
la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 92.o) de la referida Ley 10/2014, consistente en haber incurrido la referida
entidad, principalmente durante los años 2021 y 2022, aunque en algunos aspectos
también en años anteriores, en deficiencias en su estructura organizativa, mecanismos
de control interno y procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a
la gestión y control de los riesgos, siendo así que tales deficiencias pusieron en peligro
su solvencia o viabilidad.
● Una sanción de multa por importe de doce mil euros (12.000 €), tras la aplicación
de un 40 % de descuento por el acogimiento a las reducciones contempladas en el
artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Dicha sanción está prevista en el artículo 100.1.a) de
la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, y ha sido impuesta por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 92.z) de la referida Ley 10/2014, consistente en haber incumplido la referida
entidad, principalmente durante los años 2021 y 2022, aunque en algunos aspectos
también en años anteriores, obligaciones de las normas indicadas en el artículo 71.3 del
Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas

cve: BOE-A-2024-207
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Núm. 3