III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-190)
Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se realiza la convocatoria anticipada del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

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economías de escala y asegurando que los criterios utilizados son los mismos,
independientemente del origen de la solicitud.
En la elaboración de esta orden han emitido informe el Servicio Jurídico y la
Intervención Delegada en el Departamento, de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 61.2 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto.

1. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras
para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a proyectos
tractores de las entidades definidas en el artículo 6, pertenecientes a los sectores de la
industria manufacturera en España, con el fin de impulsar la descarbonización de sus
procesos productivos, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y
Transformación Económica de la Industria Manufacturera (PERTE de Descarbonización
Industrial), así como proceder a la convocatoria anticipada de ayudas correspondiente al
año 2024.
2. Las ayudas reguladas en esta orden tendrán como finalidad contribuir al
cumplimiento de los hitos marcados en la Inversión 5 y 7 «Inversiones para apoyar la
descarbonización industrial» del Componente 31, Capítulo REPowerEU de la Decisión
de Ejecución del Consejo que modifica la Decisión de Ejecución (UE) de 13 de julio
de 2021 (en adelante, PRTR), concretamente a los hitos 491, 492, 493, para la parte de
subvención, y los hitos L83, L84 y L85 para la parte de préstamo.

1. En todo lo no previsto en este orden o en las respectivas convocatorias será de
aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y en su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos).
Será también de aplicación lo dispuesto en la normativa europea y nacional sobre
dicho Plan y en especial el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (en adelante, «MRR»), el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato
de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal,
Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de

cve: BOE-A-2024-190
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Normativa aplicable.