III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-190)
Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se realiza la convocatoria anticipada del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 863

Siendo:
Qi,j: el nivel de actividad de la subinstalación con referencia de calor antes de la
implementación de la actuación, es decir, el calor medible utilizado en ella, en TJ, para
cada producto j-ésimo fabricado en la instalación.
Pi,j: la actividad productiva que se corresponde con el nivel de actividad de la
subinstalación con referencia de calor antes de la implementación de la actuación (Qi)
para el producto j-ésimo, medida como la cantidad de producto fabricado en los procesos
incluidos en la subinstalación con referencia de calor.
Pf,j: la actividad productiva que se corresponde con las emisiones directas de la
subinstalación después de la implementación de la actuación (Emf) para el producto jésimo, medida como la cantidad de producto fabricado en los procesos incluidos en la
subinstalación con referencia de calor.
5. En general, la intensidad de emisiones directas de las subinstalaciones con
referencia de combustible después de haber finalizado las actuaciones se calculará
como el cociente entre las emisiones directas de gases de efecto invernadero de la
subinstalación (en tCO2e) y la energía primaria contenida en los combustibles utilizados
en todos los procesos incluidos en la subinstalación (en TJ).
No obstante, y de forma coherente con el Reglamento Delegado (UE) 2019/331 de la
Comisión, de 19 de diciembre de 2018, y el documento guía n.º 7 sobre la metodología
armonizada de asignación gratuita del RCDE UE posterior a 2020, en las actuaciones
sobre los procesos incluidos en una subinstalación con referencia de combustible
distintas de la mera sustitución de un combustible fósil por un combustible no fósil, la
intensidad de emisiones prevista una vez finalizado el proyecto se calculará de acuerdo
con la siguiente fórmula:

𝐼𝐸𝑓𝑐𝑜𝑚𝑏 =

𝐸𝑚𝑓
𝐸𝑒𝑞

Siendo:
IEfcomb: la intensidad de emisiones prevista de la subinstalación con referencia de
combustible después de haber finalizado las actuaciones, en unidades de tCO2e/TJ.
Emf: las emisiones directas de gases de efecto invernadero de la subinstalación con
referencia de combustible previstas después de haber finalizado las actuaciones, en
tCO2e.
Eeq: la energía primaria procedente de combustibles que sería necesaria para
fabricar la misma cantidad de productos incluidos en la subinstalación con referencia de
combustible si se hubiera mantenido la configuración de la instalación anterior a la
ejecución de las actuaciones. Esta se podrá calcular como:

𝑗

𝑃𝑖,𝑗
𝑃𝑓,𝑗

Habiéndose definido y en el apartado anterior y siendo:
Ei: el nivel de actividad de la subinstalación con referencia de combustible antes de la
implementación de la actuación, es decir, la energía primaria procedente de
combustibles utilizados en ella, en TJ, para cada producto j-ésimo fabricado en la
instalación.
Pi,j: la actividad productiva que se corresponde con el nivel de actividad de la
subinstalación con referencia de combustible antes de la implementación de la actuación

cve: BOE-A-2024-190
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𝐸𝑒𝑞 = ∑ 𝐸𝑖 ×