III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-190)
Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se realiza la convocatoria anticipada del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 857

R3-2

Valor

Puntuación

𝑅𝑖𝑒𝑠𝑔𝑜 𝑣𝑖𝑣𝑜 𝑎𝑢𝑚𝑢𝑙𝑎𝑑𝑜 𝑐𝑜𝑛𝑣𝑜𝑐𝑎𝑡𝑜𝑟𝑖𝑎
𝑉𝑒𝑛𝑡𝑎𝑠

R3-2> 20

0.95

𝑅𝑖𝑒𝑠𝑔𝑜 𝑣𝑖𝑣𝑜 𝑎𝑢𝑚𝑢𝑙𝑎𝑑𝑜 𝑐𝑜𝑛𝑣𝑜𝑐𝑎𝑡𝑜𝑟𝑖𝑎
𝑉𝑒𝑛𝑡𝑎𝑠

20 ≥ R3-2 >
15

0.975

𝑅𝑖𝑒𝑠𝑔𝑜 𝑣𝑖𝑣𝑜 𝑎𝑢𝑚𝑢𝑙𝑎𝑑𝑜 𝑐𝑜𝑛𝑣𝑜𝑐𝑎𝑡𝑜𝑟𝑖𝑎
𝑉𝑒𝑛𝑡𝑎𝑠

15 ≥ R3-2

1

R4: Riesgo por excesiva exposición del préstamo a la incertidumbre de evolución de
la facturación. Cuando el préstamo solicitado sea muy superior a la cifra de negocios del
solicitante en el último ejercicio para el que se tenga obligación de presentación de
cuentas en el momento de la solicitud, se aplicarán los siguientes valores:
Si préstamo solicitado > 10 * Cifra negocios ⟶ R4 = 0,95
En caso contrario, se multiplicará por 1.
R5: Riesgo por excesiva exposición de la Secretaría de Estado de Industria o sus
direcciones generales como acreedor principal. Se valorará la proporción entre la Deuda
Total a Largo Plazo en el último ejercicio para el que se tenga obligación de presentación
de cuentas en el momento de la solicitud y el Riesgo Vivo acumulado con la Secretaría
de Estado de Industria o sus direcciones generales.
Si el Riesgo Vivo acumulado de la entidad representa un 70 % o más del total de la
Deuda a Largo Plazo, se aplicará un factor multiplicador de 0,9. En caso contrario, se
aplicará un factor multiplicador de 1.
R6: Riesgo por retraso en pagos anteriores en deudas con Secretaría de Estado de
Industria o sus direcciones generales.
Se analizan retrasos superiores a 90 días que se hubieran producido históricamente
en el pago de alguna cuota de principal o de intereses en alguno de los préstamos vivos
que la entidad posea con la Secretaría de Estado de Industria o sus direcciones
generales. Para cada cuota y retraso que se hubiese producido en los préstamos vivos
de la entidad a fecha de inicio de la verificación, se aplicará un factor multiplicador
de 0,95. De lo contrario, se aplicará un factor de 1
R7: Riesgo por inconsistencia entre Impuesto de Sociedades y cuentas
presentadas en Registro Mercantil.
Si existen inconsistencias entre la información del Impuesto de Sociedades y las
cuentas presentadas en Registro Mercantil que afecten al resultado de la comprobación
de los requisitos económicos (esto es, si utilizando los importes de las cuentas del
Registro Mercantil se obtuviera un resultado mayor al que se obtendría a partir de los
datos de la liquidación del impuesto de sociedades), se aplicará un factor multiplicador
de 0,9 sobre la puntuación con las cuentas depositadas en el Registro Mercantil. En caso
contrario se aplicará un factor de 1.
En las solicitudes en modalidad de agrupación, la viabilidad económica global de la
agrupación se obtendrá como la media de la viabilidad económica calculada para cada
entidad ponderada por la ayuda total propuesta, considerando la suma de la subvención
y préstamos solicitados.

cve: BOE-A-2024-190
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Núm. 3