II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2024-93)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las bases y se convoca la provisión de plaza de Jefe/a de la Oficina de Acción Humanitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Martes 2 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 351

curriculum vitae sin estar acompañados de la correspondiente documentación
acreditativa.
– Anexo II. Declaración de no inhabilitación.
– Anexo III. Declaración de no sanción.
La documentación se deberá presentar en el plazo de quince días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE.
Se presentará, obligatoriamente, a través del registro electrónico único de la
Administración General del Estado, en el siguiente enlace:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do a la
Cooperación Internacional para el Desarrollo (EA0045628).

Agencia

Española

de

En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes
que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla a través de las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
VI.

Admisión de aspirantes.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, conteniendo la relación de aspirantes admitidos y excluidos. En caso
de que alguna de las causas de exclusión fuera susceptible de subsanación se
concederá al solicitante un plazo de cinco días hábiles para subsanar el defecto que
haya motivado la exclusión. Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se hayan
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron
las relaciones iniciales.
Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan
los requisitos de participación establecidos en la Base III de esta convocatoria o que
hayan presentado la solicitud fuera de plazo o incumpliendo los términos formales de
presentación señalados en la Base V. En cualquier momento del proceso selectivo se
podrá solicitar la acreditación del cumplimiento de dichos requisitos.
La citada resolución será expuesta en la sede electrónica de la AECID
www.aecid.gob.es y en el punto de acceso general http://administracion.gob.es.
VII. Proceso de selección.

– Presidente: Secretario/a General de la AECID, suplente: Jefe/a de la Unidad de
Apoyo de la Secretaría General.
– Vocal: Director/a del Gabinete Técnico; Suplente: Vocal Asesor del Gabinete
Técnico.
– Vocal: Director/a de la Dirección de Cooperación con África y Asia; Suplente:
Director/a de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas.
– Vocal: Jefe/a del Departamento de Recursos Humanos Conciliación y Servicios
Generales, suplente: Jefe/a adjunto del mismo departamento.
– Secretario: Jefe/a de Área de Recursos Humanos, del Departamento de Recursos
Humanos Conciliación y Servicios Generales, suplente: Jefe/a de Área de Formación y
Acción Social del mismo departamento, que actuará con voz y sin voto.
La composición nominal y posibles variaciones en la composición de la comisión de
selección se publicarán en la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

cve: BOE-A-2024-93
Verificable en https://www.boe.es

La idoneidad de los aspirantes definitivamente admitidos será evaluada, a la vista de
los méritos acreditados por los mismos, por un órgano de selección que, de conformidad
con lo acordado por el Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo en su sesión del día 29 de julio de 2009, estará
compuesto por: