III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Ayudas. (BOE-A-2024-117)
Orden DEF/1431/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, para el personal del Ejército de Tierra o integrado en su estructura.
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Núm. 2

Martes 2 de enero de 2024

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ambos inclusive, de la citada ley y en los artículos 94 y 95 del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Disposición adicional única.

Aprobación del gasto y su compromiso.

Con carácter previo a la aprobación de la convocatoria y a la concesión de las
subvenciones, deberá procederse a la aprobación del gasto y su compromiso por parte
del Jefe del órgano económico‐administrativo con la disponibilidad presupuestaria
adecuada, de acuerdo con lo establecido por Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre
delegación de competencias en materia de administración de los créditos del
presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso de propuestas de pago, en el
ámbito del Ministerio de Defensa.
Disposición derogatoria única.

Derogación dispositiva.

1. Queda derogada la Orden DEF/675/2019, de 7 de junio, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de un Máster
Universitario en Prevención de Riesgos Laborales para el personal del Ejército de Tierra
o integrado en su estructura.
2. Asimismo, quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior
rango que se opongan a lo establecido en esta orden ministerial.
Disposición final primera.

Normativa aplicable.

En lo no previsto en esta orden ministerial se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en cualquier otra disposición
normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
Disposición final segunda.

Facultades de aplicación.

Se faculta al Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra para
dictar cuantas instrucciones y resoluciones sean necesarias para la aplicación de lo
dispuesto en esta orden ministerial.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-117
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 22 de diciembre de 2023.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X