III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-70)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio entre el Institut d'Investigació Biomèdica de Bellvitge (IDIBELL) y entidades participantes en el proyecto "Integración de las características moleculares, genómicas, morfológicas y ambientales para mejorar el diagnóstico y tratamiento de precisión en Enfermedades Pulmonares Intersticiales Difusas fibrosantes (Precision-EPID)", ejecutado con cargo a los fondos Next Generation EU, que financian las actuaciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Lunes 1 de enero de 2024
1.2

Sec. III. Pág. 255

El objetivo general de este Proyecto consiste en:

I. Identificar biomarcadores predictivos de progresión al diagnóstico de las
Enfermedades Pulmonares Intersticiales Difusas (EPID) fibróticas.
II. Determinar mutaciones génicas (genotipo) asociadas a fenotipo clínico en EPID
fibróticas.
III. Investigar los aspectos clave en la interacción entre predisposición individualexposición ambiental para el desarrollo de fibrosis pulmonar.
IV. Analizar diferentes aspectos patogénicos y su regulación mediante estudios in
vitro y ex vivo asociados a los fenotipos clínicos y bases biológicas (genéticas y
moleculares) identificadas previamente.
1.3 IDIBELL es el beneficiario de la ayuda concedida y coordinador de la misma
ante las entidades participantes que participan en este Proyecto y gestionará con cada
centro colaborador los fondos concedidos para realizar los diferentes planes de trabajo
identificados por centro.
1.4 Las entidades participantes que cooperarán en el Proyecto son las referidas en
el apartado «INTERVIENEN» de este convenio.
1.5 Las Entidades participantes previamente descritas manifiestan ser conocedoras
de la resolución de la convocatoria, de la Resolución de Concesión y del Reglamento
(UE) 2021/241 relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia mediante la firma
del presente convenio. Asimismo, la entidad coordinadora manifiesta que reúne los
requisitos exigidos en el artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones para obtener la condición de beneficiario.
1.6 Este Proyecto cuenta con la financiación indicada en el expositivo 15, por lo
que, en su ejecución, justificación y difusión, las Partes deberán cumplir con la resolución
de la convocatoria y la de concesión.
1.7 Este convenio comprende las obligaciones generales y específicas de las
Partes para la ejecución conjunta del Proyecto, incluyendo la organización del trabajo, la
gestión y justificación del Proyecto, los derechos y obligaciones de las Partes, la
distribución de los fondos y la titularidad de los resultados, la conservación de la
documentación, así como la responsabilidad y la resolución de los posibles conflictos.
Segunda.

Obligaciones generales de las Partes.

1) Por parte de IDIBELL, como Entidad beneficiaria, cumplir con las obligaciones
exigidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
2) Ejecutar el Proyecto conforme a las Resoluciones de Convocatoria y de
Concesión. IDIBELL es la Entidad beneficiaria directa de la ayuda y coordinadora del
Proyecto y asumirá las obligaciones de coordinación y seguimiento del resto de
entidades participantes, así como su representación ante el agente financiador, a efectos
de cobro y distribución de la ayuda, su justificación y reintegro, según la Resolución de
Concesión y de acuerdo al presente convenio.
3) Desarrollar las tareas previstas en el Plan de Trabajo de acuerdo con la
metodología, el cronograma y los plazos.
4) Entregar al resto de entidades participantes cuanta información relacionada con
sus tareas en el Proyecto sea necesaria para el correcto desarrollo de las diferentes
actividades de I+D+i.

cve: BOE-A-2024-70
Verificable en https://www.boe.es

La realización de las tareas objeto del Proyecto queda detallada en el Plan de
Trabajo (Anexo 1). Cada Parte se obliga a aportar e implementar los medios técnicos,
humanos y materiales necesarios para la adecuada consecución de los objetivos
propuestos. Asimismo, las Partes asumen las siguientes obligaciones generales: