III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-70)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio entre el Institut d'Investigació Biomèdica de Bellvitge (IDIBELL) y entidades participantes en el proyecto "Integración de las características moleculares, genómicas, morfológicas y ambientales para mejorar el diagnóstico y tratamiento de precisión en Enfermedades Pulmonares Intersticiales Difusas fibrosantes (Precision-EPID)", ejecutado con cargo a los fondos Next Generation EU, que financian las actuaciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Lunes 1 de enero de 2024
Decimoctava.

Sec. III. Pág. 270

Incumplimiento.

18.1 El incumplimiento total o parcial de las condiciones establecidas para el
desarrollo de este Proyecto dará lugar al reintegro de las cuantías indebidamente
percibidas más los correspondientes intereses de demora. Las causas de incumplimiento
se detallan en este convenio, así como en el artículo 20 de la resolución de la
convocatoria.
18.2 En el supuesto que IDIBELL considere que la actividad de una entidad
participante en el Proyecto no se ajusta al calendario y/o trabajos asignados o que la
calidad de los mismos no es la necesaria o que no se provee del soporte documental
que justifique debidamente los costes correspondientes que éstos se apartan de los
previstos en el anexo 2, podrá requerir mediante preaviso escrito a la entidad
participante, en el término de treinta (30) días naturales, que repare y ajuste su actividad
a lo previsto y comprometido en los anexos 1 y 2 del presente convenio. En el supuesto
que la entidad participante no rectifique, IDIBELL podrá poner término a la participación
de dicha entidad colaboradora, reclamar la devolución de los importes de la subvención
remitidos a la misma, los intereses de demora generados y los daños y perjuicios
ocasionados en su caso.
Decimonovena.

Protección de datos personales.

Las Partes se comprometen a cumplir con las obligaciones legales derivadas de la
legislación aplicable en materia de protección de datos (el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (en adelante, RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
normas de desarrollo) en el ámbito de la ejecución y administración del Proyecto y del
presente convenio. En particular, y respecto a las Partes que participan en los paquetes
de trabajo WP1 y WP2, les será de aplicación los siguientes anexos que regularán las
obligaciones que se derivan por el tratamiento de los datos de carácter personal:
– Anexo 4: le será únicamente de aplicación a los centros participantes en el WP1.
• IDIBELL.
• Hospital Universitario Son Espases-Instituto de Investigación Sanitaria Illes
Balears (IdISBa).
• Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria-Fundación Canaria Instituto
de Investigación Sanitaria de Canarias (FIISC).

• IDIBELL.
• Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria-Fundación Canaria Instituto
de Investigación Sanitaria de Canarias (FIISC).
• Instituto Tecnológico y de Energías Renovables (ITER).
• Universidad de Zaragoza-Instituto de Investigación Sanitaria de Aragón (IIS
Aragón).
• Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a Través
del Instituto de Investigaciones Biomédicas Sols-Morreale-CSIC (IIBM).
• Instituto de Investigación Hospital Universitario La Paz (IdiPAZ)-Fundación para la
Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz (FIBHULP).
• Fundación IMDEA Alimentación.
• Barcelona Supercomputing Center (BSC).
Por otra parte, los centros participantes en el WP3 no trataran datos de carácter
personal que se hayan obtenido en el marco de este proyecto de investigación.

cve: BOE-A-2024-70
Verificable en https://www.boe.es

– Anexo 5: le será únicamente de aplicación a los centros participantes en el WP2.