II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2023-26767)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

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En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
1.
2.

Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso
selectivo, en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de
ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, períodos de prácticas o cualquier otra fase
previa al nombramiento como funcionario de carrera.
Las calificaciones de los distintos ejercicios se publicarán una vez que haya actuado
el último aspirante en cada uno de los ejercicios.
2.

Fase de concurso

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el sistema de
promoción interna que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días
hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que han superado la fase
de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos (anexo V) debidamente
expedido por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o
hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de
la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
2.1

Al personal funcionario se le valorarán como méritos los siguientes conceptos:

a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera en cuerpos o escalas
del subgrupo C1 desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado. Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 22: 4 puntos.
Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 3 puntos.
Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 18: 2 puntos.
Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 15: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 14: 0,75 puntos.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento. Cursos de formación y
perfeccionamiento. Se valorarán los cursos anotados en el Registro Central de Personal
o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior a quince horas lectivas recibidos
en los últimos diez años, salvo en materia de tecnologías y sistemas de la información,
que se valorarán los recibidos en los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como anexo V
de esta resolución.

cve: BOE-A-2023-26767
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