II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2023-26767)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de diciembre de 2023

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Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación, la prueba presencial y la
acreditación mediante titulación.
Modalidad presencial: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de
preguntas con respuestas alternativas, compuesto de dos partes:
Parte A: constará de 20 preguntas destinadas a comprobar el conocimiento y
comprensión lectora del inglés. Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de 30 minutos
para realizar esta primera parte de la prueba.
Parte B: constará de 20 preguntas sobre una grabación en inglés que se reproducirá
a los aspirantes con el fin de comprobar su compresión oral del inglés. Los aspirantes
tendrán un tiempo máximo de 30 minutos para realizar esta segunda parte de la prueba.
Las preguntas de ambos cuestionarios tendrán cuatro posibles respuestas, siendo
solo una de ellas la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las preguntas
que se dejen sin responder o se respondan de forma errónea no puntuarán y no tendrán
ninguna penalización.
En el plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará
pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
Esta modalidad se calificará sobre 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para
superar esta prueba es de 5 puntos.
Modalidad de acreditación mediante titulación: Alternativamente a la prueba
presencial, los aspirantes que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de idioma
inglés presentando alguno de los títulos que se relacionan en el anexo VI, siempre y
cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de
presentación de solicitudes, salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea
inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en las normas que rijan el título en
cuestión.
La acreditación mediante titulación se realizará en la forma establecida en el
anexo IV. El tribunal podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación
presentada en cualquier momento del proceso selectivo. Si no se presentará dicha
documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en
posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, perderá la puntuación
obtenida en esta prueba.
Esta modalidad se calificará sobre 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para
superar esta prueba es de 5 puntos. La titulación aportada se calificará conforme al
siguiente baremo:
– Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas o
mediante titulación se corresponda con un B2.
– Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas o
mediante titulación se corresponda con un C1.
– Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas o
mediante titulación se corresponda con un C2.
Los aspirantes que superen el segundo ejercicio habrán superado la fase de
oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios y, en su caso, en el ejercicio voluntario de idioma
inglés.
A los aspirantes que, no habiendo superado la fase de oposición, hayan superado el
primer ejercicio, se les conservará la puntuación obtenida en el mismo en la convocatoria
inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación
de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
Terminada la oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que
han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por
cada aspirante, sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de
candidatos superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.

cve: BOE-A-2023-26767
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Núm. 313