III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidades autónomas. Convenios. (BOE-A-2023-26798)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico con las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valencia, Canarias y Madrid y la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la Protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

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autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valencia, Canarias y Madrid y, por
otra parte, la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de
la protonterapia en el sistema nacional de salud, que fue modificado por adenda de fecha 18
de mayo de 2022 (en adelante «Convenio Inicial»).
El objeto del Convenio Inicial es establecer el marco de colaboración entre el
Ministerio de Sanidad y las Consejerías con competencias en materia de salud de las
Comunidades Autónomas que lo suscriben, por un lado, y la Fundación Amancio Ortega
Gaona, por otro, que ayude al desarrollo del plan elaborado por el Ministerio de Sanidad
para la implantación de la Protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.
Segundo.
En la cláusula tercera del Convenio Inicial, donde se recogen las actuaciones a
realizar por el Ministerio de Sanidad, este se compromete a adquirir los equipos de
protonterapia necesarios para la aplicación del tratamiento con protonterapia en el
Sistema Nacional de Salud en colaboración con las Comunidades Autónomas.
Tercero.
En la cláusula quinta del Convenio Inicial, donde se recogen las actuaciones de la
Fundación Amancio Ortega Gaona, esta se compromete a colaborar en la puesta en
marcha y el desarrollo de la Protonterapia en el Sistema Nacional de Salud mediante la
financiación de los equipos de alta tecnología de mayor coste necesarios para la puesta
en marcha del plan elaborado por el Ministerio de Sanidad (diez equipos de
protonterapia) a través de una donación realizada a dicho Ministerio bajo la condición de
su afectación a la finalidad de adquisición de los citados equipos, por una cantidad
máxima de doscientos ochenta millones de euros (280.000.000 €). Este coste incluye,
además del equipo, el software, el equipo de dosimetría, el equipo de cámaras y el
servicio de formación del personal clínico.
Cuarto.
Además en la cláusula quinta, el Convenio Inicial recoge que una vez fijado el precio
de adquisición de los equipos, si este fuese inferior a la cantidad máxima ofrecida por la
Fundación Amancio Ortega Gaona, esta podrá optar por donar únicamente el citado
precio de adquisición o bien emplear el resto hasta la cantidad máxima comprometida a
atender otras actuaciones complementarias propuestas por el Ministerio de Sanidad y
aceptadas por aquella, en el seno de la Comisión de Seguimiento descrita en la cláusula
novena de dicho Convenio Inicial.

La cláusula sexta del referido Convenio Inicial prevé que, una vez finalizado por el
Ministerio de Sanidad el procedimiento administrativo para la contratación de los equipos
de protonterapia, la concreción de los compromisos recogidos en dicho Convenio Inicial
se llevará a cabo mediante la suscripción de los correspondientes convenios específicos
entre las partes. Se prevé, además que en estos convenios se concretarán el importe
final de la donación y la forma y los plazos en los que la fundación hará las aportaciones
dentro del máximo ofrecido por la Fundación, así como la documentación soporte que
deberá presentarse a la Fundación Amancio Ortega Gaona para la realización de las
sucesivas aportaciones, en función de los términos acordados entre el Ministerio de
Sanidad y las empresas adjudicatarias.
Sexto.
Finalizado el procedimiento de contratación, el contrato se ha adjudicado por un valor
de 263.538.000 euros, resultando, por tanto, una diferencia de 16.462.000 euros (en

cve: BOE-A-2023-26798
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.