I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2023-26741)
Orden TED/1416/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de seis espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declaran dos zonas de especial protección para las aves en aguas marinas españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 177056

ES0000518 Espacio marino del sur de Mallorca y Cabrera.
ES0000519 Espacio marino del poniente de Mallorca.
ES0000520 Espacio marino del norte de Mallorca.
ES0000521 Espacio marino del norte y oeste de Menorca.
ES0000522 Espacio marino del sureste de Menorca.
ES0000523 Espacio marino de la zona occidental de El Hierro.
ES0000524 Espacio marino de los Roques de Salmor.
ES0000525 Espacio marino del norte de La Palma.
ES0000526 Espacio marino de La Gomera-Teno.
ES0000527 Espacio marino de los Acantilados de Santo Domingo y Roque de
Garachico.
ES0000528 Espacio marino del Roque de la Playa.
ES0000529 Espacio marino de Anaga.
ES0000530 Espacio marino de Mogán-La Aldea.
ES0000531 Espacio marino de La Bocayna.
ES0000532 Espacio marino de los Islotes de Lanzarote.
ES0000535 ZEPA Banco de la Concepción.»
Dos. Se suprime del anexo I los mapas relativos a las ZEPA ES0000494 Espacio
marino de Cabo Peñas, ES0000495 Espacio marino de Punta de Candelaria-Ría de
Ortigueira-Estaca de Bares, ES0000496 Espacio marino de la Costa de FerrolterraValdoviño, ES0000497 Espacio marino de la Costa da Morte, ES0000499 Espacio
marino de las Rías Baixas de Galicia y ES0000502 Espacio marino de la Bahía de Cádiz.
Tres. Se suprime del anexo II de la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que
se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas,
los apartados relativos a las ZEPA ES0000494 Espacio marino de Cabo Peñas,
ES0000495 Espacio marino de Punta de Candelaria-Ría de Ortigueira-Estaca de Bares,
ES0000496 Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño, ES0000497 Espacio
marino de la Costa da Morte, ES0000499 Espacio marino de las Rías Baixas de Galicia y
ES0000502 Espacio marino de la Bahía de Cádiz.
Disposición final segunda.

Título competencial.

Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de
la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar la
legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de
las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2023-26741
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 26 de diciembre de 2023.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.