III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26792)
Orden ITU/1423/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el despliegue de plataformas tecnológicas y soluciones digitales en los destinos de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

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las sociedades mercantiles locales en cuyo capital social la participación, directa o indirecta,
por parte de las siguientes entidades, sea igual o superior al 50 por 100:






Entidades que integran la Administración Local.
Consorcios locales.
Fundaciones públicas locales.
Entidades públicas empresariales locales.
Sociedades mercantiles públicas locales que cumplan los presentes requisitos.

En concreto, para llevar a cabo la ejecución de la actividad subvencionada por esta
modalidad, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) La actividad a la que se refiera el encargo deberá formar parte el objeto social de
la entidad considerada medio propio.
b) La condición de medio propio exigirá la verificación por la entidad pública de la
que dependa el ente que vaya a ser medio propio, de que este cuenta con medios
personales y materiales apropiados para la realización de los encargos de conformidad
con su objeto social.
c) La cuantía que reciba el medio propio como compensación por la ejecución de
los trabajos deberá estar parametrizada en las tarifas aplicables que la entidad deberá
haber aprobado con antelación.
7. La entidad beneficiaria deberá, en todo caso, informar sobre los contratistas y
subcontratistas al órgano concedente de la subvención.
8. Los actos dictados en el procedimiento de concesión de las ayudas podrán ser
impugnados en los casos y formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la
resolución expresa, o en su caso, la desestimación presunta de la solicitud, que pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, ante
el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computados desde el día
siguiente al de su notificación en el caso de que haya dictado un acto expreso, y en el
segundo caso, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa
específica, se produzca el acto presunto; sin perjuicio de cuantos otros recursos se
estime oportuno deducir.
9. La interposición de recursos de reposición deberá realizarse ante el Ministerio de
Industria y Turismo, a través del Registro Electrónico del mismo.
Criterios de valoración para el otorgamiento de la subvención.

1. La evaluación se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el
solicitante en la fase de admisión de solicitudes.
Cada solicitud de ayuda propuesta resultará calificada de forma global de 0 a 100
puntos. Atendiendo a las puntuaciones obtenidas, ordenadas de mayor a menor, y hasta
donde alcance el crédito presupuestario disponible.
Esta calificación resultará de evaluar los criterios establecidos en el apartado
siguiente.
2. Los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención sumarán 100 puntos
como máximo y se determinarán de la forma siguiente:
Si no se cumple alguno de los siguientes criterios el proyecto quedará excluido
automáticamente tal y como se indica en el artículo 21:
– Pertenencia a la Red DTI o haber realizado la solicitud para su adhesión a la
misma antes de la solicitud de la ayuda o en el momento de la solicitud de la misma.
– Indicación expresa en la memoria presentada relativa a la adecuación de los
objetivos del proyecto con el C14 del PRTR.

cve: BOE-A-2023-26792
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 20.