III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2023-26788)
Orden INT/1421/2023, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio del Interior para el periodo 2024-2026.
103 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 177431

E. Presupuesto de la línea
AÑO 2024

Total gasto previsto
290.000 €

AÑO 2025

290.000 €

AÑO 2026

290.000 €

Total financiación prevista
60% Transferencia horizontal Ministerio del Interior
40% Mecenazgo privado FVT
60% Transferencia horizontal Ministerio del Interior
40% Mecenazgo privado FVT
60% Transferencia horizontal Ministerio del Interior
40% Mecenazgo privado FVT

F. Plan de Acción
Para articular los objetivos anualmente establecidos, se aprobará por los órganos de gobierno
de la FVT una convocatoria anual de subvenciones de concurrencia competitiva, conforme a
las bases reguladoras que ya fueron aprobadas en su día y que se recogen en la Orden
INT/1959/2016, de 15 de diciembre, por la que se autoriza a la Fundación Víctimas del
Terrorismo a conceder subvenciones y se aprueban las bases reguladoras de las ayudas en
colaboración, que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 312 de fecha 27 de
diciembre de 2016.
Las fases de esta convocatoria anual son las siguientes:
1.- Aprobación y publicación de la convocatoria pública en el Sistema Nacional de Publicidad
de Subvenciones durante el mes de diciembre anterior al año de vigencia de la convocatoria.
2.- Presentación de solicitudes desde finales del mes de diciembre hasta finales del mes de
enero del año al que se refiere la convocatoria.
3.- Tramitación de la convocatoria desde el mes de febrero hasta el mes de abril.
4.- Resolución de la convocatoria por los órganos de gobierno de la FVT, para lo cual se habrá
de llevar a cabo la necesaria coordinación con el Ministerio del Interior para obtener la
correspondiente autorización que habrá de ser publicada en el Boletín Oficial del Estado.
5.- Presentación de la justificación de los proyectos por parte de las entidades que han resultado
beneficiarias en el plazo de un mes desde que finalice su ejecución, y no podrá ser posterior al
31 de diciembre de cada año.
6.- Estudio por parte de la FVT de la justificación presentada y su adecuación a la propuesta
que haya resultado beneficiaria, y en caso de conformidad, tramitación del pago, como máximo,
hasta el 31 de diciembre del año posterior.

G. Régimen de seguimiento y evaluación continua: Indicadores
1.- Seguimiento y evaluación del Objetivo Estratégico nº 1 del PES 2024-2026: “Mejorar
(reforzar) la asistencia a las víctimas del terrorismo y sus familiares, promover su memoria y
fomentar la concienciación social contra el terrorismo”.

cve: BOE-A-2023-26788
Verificable en https://www.boe.es

7.- Evaluación de resultados durante el primer semestre del año siguiente al cierre de la
convocatoria, incluyendo el cálculo y análisis de los indicadores establecidos al efecto.