I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Fondo de Transición Justa. (BOE-A-2023-26738)
Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las
normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por
el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa
para el período 2021-2027.

El marco normativo comunitario aplicable a los fondos europeos estructurales y de
inversión en el periodo de programación 2021-2027 está constituido, básicamente, por el
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo
de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como
las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e
Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados. Este Reglamento establece, en su
artículo 63, apartado 1, que la subvencionabilidad del gasto se determinará sobre la base
de normas nacionales, salvo que en el citado Reglamento o en los Reglamentos
específicos de cada Fondo, o basándose en ellos, se establezcan normas específicas.
El contenido del artículo 63 del Reglamento (UE) 2021/1060 no supone una novedad
respecto a la normativa reguladora del periodo de programación 2014/2020. Así, el
artículo 65 del Reglamento (UE) número 1303/2013 está redactado en análogos términos.
En aplicación del mencionado precepto se aprobaron la Orden HFP/1979/2016, de 29
de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los
programas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020, y la
Orden HAC/114/2021, de 5 de febrero, que modificaba la anterior.
Dando cumplimiento al mandato normativo contenido en el artículo 63 del
Reglamento (UE) 2021/1060, y al objeto de adaptarse a los requerimientos del nuevo
periodo, en el que el Reino de España es beneficiario del nuevo Fondo de Transición
Justa, se hace necesaria la redacción de una disposición que establezca las normas
nacionales de subvencionabilidad para el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y para
el mencionado Fondo de Transición Justa para el periodo de programación 2021/2027.
En la elaboración de las normas que se aprueban se ha tenido en cuenta lo establecido
en el Reglamento (UE) 2021/1060, en particular en el capítulo III del título V. También se
han tomado en consideración el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al
Fondo de Cohesión; las normas específicas sobre los gastos subvencionables recogidas en
el capítulo V del Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24
de junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial
europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de los
instrumentos de financiación exterior; y el Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de
Transición Justa.
De todo lo expuesto, y a fin de dar cumplimiento a los mandatos que se establecen en
los textos normativos anteriormente mencionados, surge esta orden ministerial por la que
se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables financiados por los programas
del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y del Fondo de Transición Justa
(FTJ), estructurándose sus quince normas, en cuatro títulos.
El primero de los títulos, dividido en tres preceptos, detalla las normas generales en
relación con la elegibilidad de los gastos; se enumeran los gastos que no son subvencionables

cve: BOE-A-2023-26738
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