III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-26677)
Resolución 420/38506/2023, de 20 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Escribano Mechanical and Engineering, SL, para la prestación de apoyo en ensayos en tierra y vuelo de productos en desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

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material derivado o intermedio, como borradores, bocetos, dibujos, proyectos,
anotaciones, pruebas, maquetas, planos, etc.; material este que, a su vez, deberá ser
manejado y protegido del mismo modo que la Información Clasificada de la que deriva
mientras la obligación de confidencialidad esté vigente.
– Toda la Información Clasificada, incluyendo las copias, en cualquier soporte en que
esta se haya suministrado o posteriormente recogido, deberá ser devuelta inmediatamente
a MINISDEF si así fuera requerido, bajo su supervisión.
Duración del Acuerdo.
La presente obligación de protección de la información se mantendrá en vigor,
aplicándose a toda la información relevante transmitida o dispuesta a disposición de la
parte receptora, durante toda la duración del convenio e incluso, previamente, en la fase
de negociación de este. Las prohibiciones de usar y de revelar la información impuestas
a EM&E mediante el presente convenio se mantendrán durante el tiempo que establece
la normativa vigente del MINISDEF relativa a la protección de la Información Clasificada.
ANEXO III

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se
respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de
datos, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de
desarrollo que se dicten.
Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo de este convenio se
incorporarán a los Registros de Tratamiento de cada una de las partes, con la finalidad
de gestionar la relación descrita en el convenio. Las partes se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario
para el cumplimiento de los fines del convenio. Los titulares de los datos personales
podrán ejercitar ante el responsable o el encargado del tratamiento de los datos
personales los derechos de accesos, rectificación, supresión y portabilidad de los datos
personales, y de limitación u oposición al tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa, el Ejército del Aire y del Espacio y la empresa
Escribano Mechanical and Engineering, SL (EM&E), recaen las responsabilidades que
se deriven de la condición de corresponsables del tratamiento de datos personales. El
MINISDEF y EM&E asumen la obligación de informar a los interesados sobre las
características del tratamiento de los datos personales, y las obligaciones que se deriven
de la implantación de medidas técnicas y organizativas de cada corresponsable y el
mecanismo establecido en caso de violaciones de seguridad; así como el
establecimiento de los oportunos mecanismos de respuesta al ejercicio de derechos por
parte de los interesados.
Cada una de las partes responderá de las responsabilidades que deriven de los
daños y perjuicios en que incurra si se destinasen o tratasen datos personales para una
finalidad distinta de la prevista en el convenio, incumpliendo lo estipulado en el mismo
y/o en la normativa de protección de datos personales; todo ello a fin de garantizar la
indemnización efectiva de los interesados, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5
del RGPD europeo.
La documentación de cada actividad particular que se haga al amparo del convenio
incluirá la cláusula correspondiente al tratamiento de los datos de carácter personal que
efectúen las Partes intervinientes, especificando los puntos legalmente requeridos.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-26677
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Acuerdo de protección de datos de carácter personal