II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo de Subinspectores Laborales. (BOE-A-2023-26659)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Seguridad y Salud Laboral.
21 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de diciembre de 2023
2.

Sec. II.B. Pág. 176551

Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición, con las
fases, ejercicios, valoraciones y programas que se especifican en los anexos I y II.
2.2 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del
número previsto de solicitudes de participación en el proceso selectivo convocado por
esta resolución y de acuerdo con al artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el
citado plazo en un mes.
Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y en la página web
del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mites.gob.es/itss,
estableciéndose un plazo de diez días hábiles para subsanar, en su caso, los defectos
que hubieran motivado la exclusión u omisión, y señalando el lugar, fecha y hora de
comienzo del primer ejercicio.
2.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «W» según lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Función Pública, de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del
Estado» de 29 de julio). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra «W» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo
primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
2.4 La duración máxima de la fase de oposición será de nueve meses; en todo
caso, la celebración del primer ejercicio de la citada fase, tendrá que celebrarse en un
plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
2.5 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al servicio público, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, el Tribunal
calificador, una vez constituido, publicará un cronograma orientativo con las fechas de
realización de las pruebas relativas al proceso selectivo.
Se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización
o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.
2.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con, al menos, 24 horas si se
trata de un nuevo ejercicio. Dichos anuncios se efectuarán en la dirección de Internet
que se indica en la base 2.2.
2.7 Los aspirantes serán convocados a cada una de las pruebas en único
llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo,
salvo lo previsto en la base 8.
2.8 El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo de carácter
eminentemente práctico. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la
autoridad competente.
2.9 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2.10 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
2.11 Las fechas de la celebración de los ejercicios del presente proceso selectivo
pueden coincidir con las fechas de celebración de otros procesos selectivos.

cve: BOE-A-2023-26659
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 311